Si es contrato de arrendamiento de local comercial, debes aplicar el 16% IVA y descontar la retención del 15% IRPF.
Si es arrendamiento de vivienda, no lleva IVA ni retención.
Estoy a punto de firmar un contrato de arrendamiento, soy el errendador y me surge una duda, ¿tengo obligación de declarar y por tanto cobrar el I.V.A.?.
Si alguién sabe del tema agradecería enormente su ayuda.