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Iva de carga volcada y perdida en camión ¿reclamo al tranportista también el iva o solo la base?

4 Comentarios
 
Iva de carga volcada y perdida en camión ¿reclamo al tranportista también el iva o solo la base?
15/09/2020 17:06
Hola, somos una empresa pequeña que transportamos nuestro producto final a nuestros clientes con transportistas ajenos. No aseguramos la mercancía, entendemos está asegurada por el transportista ajeno y así es, en efecto, en este caso concreto.
Recientemente volcó un camión en una curva de la carretera y se perdió nuestra mercancía.
Hemos reclamado por burofax la factura total (base imponible más IVA) a nuestro transportista pero éste nos dice que no podemos reclamar el IVA, solo la base imponible.
Pero otras personas nos dicen que debemos reclamar tanto la base imponible como el IVA, con argumentos fiscales, concretamente nos indican que:

En los supuestos de perjudicados personas jurídicas o profesional, las compañías de seguros en ocasiones no abonan el impuesto al suponer un enriquecimiento injusto para el perceptor porque aquellos tienen la posibilidad de deducirse el impuesto en sus declaraciones trimestrales. En mi opinión esta será una cuestión que tendrá que resolver el asegurado y tomador, en este caso la empresa transportista, con el seguro. Ustedes deben reclamar al transportista la factura entera con el IVA incluido y este último ya negociará o reclamar a la compañía de seguros el importe de indemnización correspondiente.

¿Qué debemos hacer? Nosotros enviamos ya la carta reclamando factura total, esto es base imponible más el IVA. Pero estamos en la duda si estamos haciendo lo correcto.
15/09/2020 17:13
Susje59
Tiene razón vuestro transportista. No tienes que exigirle el IVA de esa mercancía porque ese IVA te lo deduces en la declaración trimestral del impuesto. Si el transportista te lo pagara, lo recuperarías dos veces, una la que él te paga y otra en la deducción de la declaración del IVA.
15/09/2020 17:48
Juan S
Gracias Juan S por su respuesta.
Pero en caso de que no hubiera ocurrido accidente el cliente al que no llegó la mercancía por el volcado del camión, nos hubiera pagado base más IVA, y hubiéramos deducido el IVA, por la misma razón ¿el transportista no debería pagarnos base más IVA y deducimos el IVA?
En definitiva en lugar de pagarnos el cliente nos está pagando el transportista, debiéramos cobrar lo facturado total. No acabo de entenderlo
15/09/2020 18:04
Juan S
Gracias Juan S por su respuesta.
De todas formas el IVA que facturo o repercuto en facturas a mis clientes lo ingreso, el IVA que soporto lo deduzco.
En el caso de que no hubiera ocurrido accidente, el cliente al que no llegó la mercancía por el volcado del camión, nos hubiera pagado base más IVA, y hubiéramos ingresado a Hacienda ese IVA, por la misma razón ¿el transportista no debería pagarnos base más IVA e ingresamos el IVA?, pues el cliente real no nos va a pagar nada porque no ha recibido la mercancía y supongo pasa el pago al transportista, o su seguro, ¿no?
En definitiva en lugar de pagarnos el cliente nos está pagando el transportista, debiéramos cobrar lo facturado total. No acabo de entenderlo.
15/09/2020 19:04
Susje59
Dejando al margen lo que pueda reclamar vuestro cliente que, al no pagar la mercancía, quizás no sea nada.
Si tú entregas la mercancía a tu cliente, él te paga el IVA correspondiente que luego ingresas a Hacienda. Pero si le cobras ese IVA al transportista, al no figurar como IVA repercutido, no lo declaras y no lo ingresas, por lo que tienes un beneficio adicional.
La Ley del IVA dice esto en relación con las indemnizaciones:
"Tres. No se incluirán en la base imponible:
1.º Las cantidades percibidas por razón de indemnizaciones, distintas de las contempladas en el apartado anterior que, por su naturaleza y función, no, constituyan contraprestación o compensación de las entregas de bienes o prestaciones de servicios sujetas al impuesto."

No obstante, parece que hay algunas sentencias, en el ámbito civil, en sentido contrario, por lo que no es un asunto totalmente pacífico.