Se trata de una AMPA que cobra unas cuotas anuales a sus asociados por diversos servicios reflejados en sus estatutos, hasta aquí correcto. En 2012, ejercieron como central de compras de libros a los asociados, es decir, AMPA compró todos los libros con una factura global con IVA (superior a 30.000€) y despues los vendio a cada uno de los asociados por el importe de la compra, es decir, sin beneficio alguno, esta actividad de compra-venta de libros a sus asociados, no está contemplada en sus estatutos. ¿Está el AMAP a presentar el 347? ¿Está obligado el AMPA a presentar las declaraciones trimestrales y anuales de IVA? Gracias
¿como se solicita la exención de IVA? ¿a quien se solicita? Lo que sí que tiene reconocida por el organismo autónomico como asociación sin ánimo de lucro. ¿es suficiente?