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Itp f600

2 Comentarios
 
Itp f600
04/12/2003 18:12
tengo entendido que el Juez puede suplantar a una parte del contrato de compraventa privado para elevarlo a público cuando ésta está desaprecida. Luego hay que liquidar el ITP modelo F600... qué tipo de gravamen tiene? un 6%?.o está exento?. Cómo se liquida esto?.
Gracias
08/12/2003 22:42
En relación a la primera parte del comentario, y en relación a la "posibilidad de suplantar" a una de las partes, te remitiría a la lectura de la Resolución de recha 27-octubre-2003 de la Dirección General de los Registros y del Notariado (BOE de 03-dic-2003), en la que se contempla un caso particular y "curioso".
El modelo 600, se liquida "junto con" el resto de los trámites en la propia notaría que eleva a público el contrato de compraventa, y será la parte compradora quien haya de hacer frente a dicho pago (6%).
Creo que la lectura que te recomiendo te resultará amena, y espero que el juez "interviniente" en dicho caso así la haya apreciado.
Un saludo.
09/12/2003 11:02
muchísimas gracias. Leeré ahora mismo esa resolución. Gracias