Primero hubo una permuta de 3 pisos por terreno, allá por el año 2006, en La Orotava (Tenerife). El valor catastral del suelo urbano donde se edificó era de 220.000 €. En la escritura de permuta, el precio de los pisos permutados era de 225.000€.
La Constructora quebró y los pisos quedaron sin acabar, hubo un juicio y al propietario le han dado en octubre pasado los 3 pisos sin terminar. Estos pisos están construidos en un 25-30% (considero el 100% totalmente acabados para vivir).
En la actualidad, el propietario desea dejarle los 3 pisos a sus 3 nietos pero no sabe qué valor le pondrá en la escritura de donación para calcular el itp, cuyo coste desea pagarle a los nietos. ¿Sería el valor tasado de los pisos tal como están como valor real, ó el valor catastral del suelo urbano primitivo?.
Gracias por sus respuestas.