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Italiano casado con mujer rusa

3 Comentarios
 
Italiano casado con mujer rusa
18/06/2020 15:12
Buenos días,
soy italiano y estoy casado con una mujer rusa (certificado de matrimonio registrado en Rusia y también legalizado en Italia). Tenemos una niña de 4 años y medio con doble ciudadanía (italiana y rusa). Mi mujer tiene la "Carta di soggiorno permanente" italiana que caduca en el 2022. Hace 10 años (despues de haber vivido legalmente - con NIE - 5 años en España) emigramos fuera de la UE. Ahora queremos volver a vivir en España. Como proceder con el papeleo y que opciones tenemos?
Gracias y un saludo.
18/06/2020 17:10
para usted Certificado de registro de ciudadano de la Unión
http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/CiudadanosComunitarios/hoja102/index.html

para su mujer Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión
http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/CiudadanosComunitarios/hoja103/index.html
23/06/2020 20:28
Legil
Buenas tardes,
Gracias por la rapida respuesta. Queda pendiente la siguiente duda. En caso de trabajador por cuenta propia tengo entendido que mi mujer y mi hija tendrian los requisitos si yo aportara la documentacion exigible del caso:

"El ciudadano de la Unión u otro Estado parte del Espacio Económico Europeo, debe cumplir una de las siguientes condiciones: Ser trabajador por cuenta propia en España".

Sin embargo en el anterior parrafo de los requisitos se menciona como sigue:

"Acompañar o reunirse con un ciudadano de la Unión u otro Estado parte del Espacio Económico Europeo, con derecho a residencia por un período superior a tres meses, por ser trabajador por cuenta ajena o propia, tener seguro de enfermedad y medios económicos suficientes para la unidad familiar, o ser estudiante con seguro de enfermedad y recursos suficientes para la unidad familiar."

En el caso de abrir un negocio como autonomo (trabajador por cuenta propria) el demostrar los "medios económicos suficientes para la unidad familiar" es un requisito imprescindible? Y si lo es a cuanto ascenderia el importe?

Gracias y un saludo,
Ricardo
23/06/2020 22:35
RicardoGonzales
Hola :

Si es trabajador por cuenta propia, es suficiente con la prueba de ser trabajador autónomo : el alta censal en el régimen de autónomo en la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la afiliación y alta como autónomo en la Seguridad Social. Su cónyuge y su hija serán sus beneficiarias.

La obligación de contar con recursos económicos propios suficientes y seguro médico es para quienes no sean trabajadores por cuenta ajena o propia, es decir, personas que no ejercen ninguna actividad económica.

Usted debe solicitar un certificado de registro o si ya lo tiene, puede usarlo, porque no caduca y lo propio su hija. Solo su cónyuge extranjera extracomunitaria debe solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de Estados Unión.

Un cordial saludo.