En su situación una vez agotado el plazo máximo de IT deben proponer de oficio la incapacidad permanente y si tiene la cotización necesaria tienen que darsela.
En caso contrario le darán el alta y podrá bien impugnar ese alta en el plazo de 11 dias o además solicitar la IP usted mismo por su propia cuenta.
Si necesita le amplie información puede llamarme sin compromiso y gratuitamente a mi despacho.
Hola a todos, gracias por atenderme en la siguiente consulta
He agotado los 24 meses de IT por un cancer. en los 180 dias siguientes he recaido.
Mi presunta es: me daran la IP en esta nueva situacion como reicidiva.
gracias