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IT consecutiva post-denegacio IP

2 Comentarios
 
05/01/2012 17:27
Se considera recaida aúnque el médico no lo ha puesto en el parte de baja?
05/01/2012 14:45
Es una RECAIDA por la misma o similar patología.
Art. 128, 1a
De igual modo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social será el único competente para emitir una nueva baja médica en la situación de incapacidad temporal cuando aquélla se produzca en un plazo de ciento ochenta días posteriores a la antes citada alta médica por la misma o similar patología.

No confundas los 180 DIAS posteriores con los 180 transcurridos desde el alta medica.
It consecutiva post-denegacio ip
05/01/2012 09:45
Compañeros,
¿Alguien me puede indicar como proceder?. O como encontrar exactamente normas de procedimiento en este caso.
Trabajador que ha agotado los 18 meses de IT. En los últimos 6 meses ya tenía el pago directo a través de la mutua.
Al agotar los 18 meses dado de baja de la empresa. I en poco tiempo ya recibe la denegación de la Incapacidad Permanente.
Lo volvemos a dar de alta y a los tres días, le vuelve a dar un infarto, se le valida la baja en inspección medica y el INSS resuelve que si considera la baja procedente y que tendrá efectos económicos si reúne los requisitos exigibles.

Mis numerosas dudas:
¿Exactamente que reúna los requisitos exigibles quiere decir que tenga tiempo de carencia? Y lo tiene? Agoto los 18 meses y no median 180 días entre bajas.
Si fuera el caso de efectos económicos la baja, entiendo que empezamos un nuevo proceso que vuelve a empezar de cero. Por tanto, los 15 primeros días van a cargo de la empresa….etc,etc.

Por favor, me podríais aclarar la situación, normalmente siempre me encuentro que o bien les aprueban la incapacidad permanente, o bien vuelven a trabajar siempre al menos los 6 meses antes de tener otra baja por IT. Pero este caso esta resultando un tanto extraño.