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Irretroactividad. art.26 ley 40/15

1 Comentarios
 
Irretroactividad. art.26 ley 40/15
19/10/2018 13:25
Hola a todos. Leyendo el artículo me surge una duda.

Art. 26.2 Las disposiciones sancionadoras producirán efecto retroactivo en cuanto favorezcan al presunto infractor o al infractor, tanto en lo referido a la tipificación de la infracción como a la sanción y a sus plazos de prescripción, incluso respecto de las sanciones pendientes de cumplimiento al entrar en vigor la nueva disposición.


Que pasaría si me notifican resolución sancionadora, interpongo recurso C-A, me lo desestiman, la sentencia se vuelve firme pero aún no la he pagado y en ese momento entra en vigor una norma que me sería favorable. Se puede retrotraer? Cómo?

Gracias. Un saludo.
20/10/2018 19:37
Neversurrender
Que si no se paga voluntariamente la sanción, la administración acudirá a la vía ejecutiva.