Hola, una consulta.
Tengo un cliente que es camionero al que le han puesto una multa porque la bañera del camión no tiene la ITV pasada y el jefe no responde a la multa, además les obliga a no cumplir los tiempos de conducción que tienen los camioneros y si les ponen una multa por ello son los trabajdores quienes la deben de pagar. ¿Se puede negar mi cliente a trabajar hasta que se le pase al ITV al camión sin poner en peligro su trabajo?
Las multas de trafico así como la retirada de puntos recaen sobre el conductor por tanto debe obligar al empresario a que tenga el vehículo en condiciones, en cuanto a lo de los tiempos de conducción estamos en lo mismo, los tacografos es normativa de tráfico y por ende la sanción recae sobre el infractor que no es otro que el conductor, ante el tacografo cumplir la normativa, ante la itv el trabajador puede exigir al delegado de prevención de riesgos que paralice la actividad pq al no tener pasada la itv esta conduciendo un vehículo de riesgo y por tanto por riesgo de daños del trabajador así como de terceros podría paralizar la actividad sin correr riesgo de despido mediante LPRL, en ausencia de éste podría hacerlo el propio trabajador.
En ambos casos, el trabajador puede oponerse a las ordenes del superior jerárquico porque en ambos casos esas ordenes obligan a cometer un ilícito por faltar a normativa tanto de trafico como de PRL por tanto se puede negar perfectamente, lo que ocurra después sobre despidos o no usted sabe perfectamente que no se necesitan muchas excusas para despedir hoy en día pero aunque lo intentase nunca seria despido disciplinario procedente.
Lo que comenta mi compañero jamgpreve es más que correcto. Solo añadir, para evitar sanciones por incumplimiento,que la comunicación la haga por escrito, justificando el porque se niega a desarrollar su actividad diaria y con acuse de recibo (burofax si no quieren acusar recibo).
González y Gusi, Abogados, Contáctenos en agonzalez@icab.es. Expertos en temas civiles-familia, laborales y penales.
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