Si la madre es la titular registral, debe ser la única que puede hablar y votar. La presencia de la hija es consentible siempre que no intervenga en la reunión y por parte de la junta no haya oposición, ya que la reunión es para propietarios, pudiendo estos delegar en otra persona (que no es el caso).
La renovación del presidente puede ser de forma voluntaria, por turno rotatorio o sorteo, depende la modalidad que ustedes tengan por costumbre. Si en ella se eligió a ese propietario y usted dio su consentimiento ( no se opuso), ha sido elegido con toda legitimidad, usted no puede hacer nada ya.
La casa del portero.- Para el alquiler o venta de ese piso, se necesita el consentimiento del las 3/5 partes de voto y coeficiente de los propietarios. En acta deberían figurar los nombres de los propietarios que votaron a favor o en contra de tal decisión, y si se ha alcanzado el quórum necesario se procederá en esa forma. Si hay unanimidad (todos los presentes están conformes) no es necesario volver a exponer el resultado de la votación ya que el listado de los presentes debe figurar en el acta con sus nombres y sus coeficientes.
Sobre el tema de las molestias que usted va a tener, solo le puedo decir, que deben ser las mismas que cualquier vecino; sobre esto no puede usted anticiparse puesto que lo ignora. Y piense que algo positivo va a tener, una renta o ingreso (en caso de alquiler o venta) y sus vecinos también evidentemente.
A la última junta, por parte de un piso se personaron madre e hija, ambas hablaron aunque sólo figura una como la representante. (la madre es la propietaria, la hija heredera por fallecimiento del padre pero aun no figura en el registro)
Es válido que acuda más de un miembro por propiedad....?
En la renovación de cargos se nombró por turno a un vecino que no estaba en la reunión, pero si su representante que acepto el cargo en nombre del representado.¿se puede nombrar presidente a un propietario ausente a la reunión?
Tras le elección he descubierto que realmente no le tocaba a dicho propietario (el secretario afirmó en la junta que así era, pero el libro de actas demuestra que no).
¿se puede invalidar la elección por falsedad del secretario?
En la reunión se "debatió" sobre la posibilidad de venter o alquilar la antigua casa del portero. No hubo votación como tal y sin embargo en acta han hecho constar como voto favorable o en contra en función de lo que opinabamos. Dando curso firme a acuerdos que se han debatido, no votado. ¿es legal?
La comunidad quiere alquilar el piso del portero que está justo encima de mi vivienda, En tal caso ocurriría:
Las obras de arreglo de la vivienda (está muy deteriorada) me molestarán a mi tanto por el ruido como por el paso de material y personal a través de mi rellano (el ascensor no llega al portero)
Si el nuevo vecino es de costumbres ruidosas lo padeceré siempre yo.
Todas las visitas a dicha casa, entrada/salida de muebles, inquilinos....) serán a través de mi rellano.(insisto que el ascensor se para en mi planta)
Pierdo intimidad pues el piso del portero abre directamente a una terraza de 60 m2 que tengo como un jardín particular.
¿SE ME PUEDE CONSIDERAR VECINO DIRECTAMENTE AFECTADO?
Agradecerá respuestas argumentadas legalmente, no me sirven opiniones particulares.