Si cobraste de dos pagadurías del mismo ministerio, tuviste un sólo pagador. No obstante, aunque no tuvieras obligación de declarar, si presentaste la declaración seguramente lo considerarán como renuncia al derecho a no declarar. De todas maneras, podrías alegar tu derecho indicando que fue un error de interpretación al creer que había dos pagadores, quizás les convenzas y te den la razón.
Supongo que se trata de le declaración de 2008 y no de la de 2005.
Es normal que en el mismo Ministerio realicen varios certificados de retenciones e ingresos. A veces cambian las circunstancias tales como el destino, la adscripción administrativa del órgano, etc. y eso provoca que se cambie de pagaduría. Incluso, a veces, sin cambiar de pagaduría se realizan varios certificados al variar otras circunstancias. Es una situación que no puede considerarse anormal.
En tu caso estabas obligado a presentar la declaración aunque digas que no lo estabas (otra cosa es que estuvieras equivocado). Supongo que podrás justificar un poco el no haber realizado las cosas correctamente la tratarse de la primera vez que hacías una declaración.
Agradecería que alguien me oriente un poco en mi caso.
El año pasado presenté declaración de IRPf 2005 y según mis datos, los cuales estaban incompletos salía a devolver.
El problema viene de que trabajé para el mismo Ministerio, pero tuve dos unidades pagadoras, con lo cual yo sólo recibí un certificado de haberes y retenciones, con el que confeccioné la declaración (incompleta sin saberlo yo) porque tenía que haber recibido otro.
Era mi primer año de trabajo y yo no sabía que me tenían que dar dos certificados, puesto que trabajaba en un solo Ministerio yo sólo esperaba recibir uno.
¿Trabajando en el mismo Ministerio, si te pagan de dos Pagadurías geográficas diferentes, se considera que tienes dos pagadores, o solo uno?.
Ahora he recibido notificación de la Agencia Tributaria, sumándome los importes del 2º certificado de haberes que no me entragaron, y sale a pagar, y me dicen que me van a poner sanción.
Me gustaría saber si en este caso hay un sólo pagador ó dos pagadores, porque si se trata de un solo pagador no estaría obligado a declarar y igual, por ahí podría evitar sanción, ó ¿le va a dar igual a la Agencia Tributaria que no estuviera obligada y una vez presentada la declaración solicitando devolución es motivo suficiente para sancionarme?.