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Irpf

3 Comentarios
 
Irpf
16/06/2007 21:21
Hola! Vendi una propiedad el año pasado, que fue adquirida en 1975 mas o menos, no es mi vivienda habitual, podria desgravar algo?a cuanto tributara??si es qeu tengo que hacerlo?? cual es la mejor opcion para hacerlo??muchas gracias de antemano!!espero se entienda la pregunta.

Un saludo.
17/06/2007 00:31
Si vendiste hasta el 19 de enero de 2006, la ganancia patrimonial tiene una reducción del 100 % por lo que no tributas nada (se reduce un 11,11 % por cada año de permanencia en tu patrimonio con anterioridad a 31.12.1996, en tu caso sobran años).

Si vendiste a partir el 20 de enero, la ganancia patrimonial generada hasta el 19 sigue teniendo su reducción del 100 %, por lo que sólo tributarías por la parte proporcional de ganancia correspondiente a los días que van del 20 enero hasta el día de la venta. El cálculo se hace por días, o sea que hace falta conocer fechas exactas de compra y venta.

Un ejemplo:
- Supongamos que compraste el 1 de enero de 1975, y que vendiste el 19 de julio de 2006.
- Permanencia en tu patrimonio:
30 años enteros X 365= 10.950 días, más 19 días de enero= 10.969 días (no tributarías);
6 meses X 30= 180 días (que sí tributan)

Como 180 días suponen sólamente el 1,61 % del tiempo total de permanencia en el patrimonio, sólo tributaria el 1,61 % de la ganancia patrimonial, a un tipo del 15 %.
En este ejemplo, con una ganancia de 100.000 euros la parte que tributaría (el 1,61%) serían 1.610 euros, que al 15% resultaría una cuota a pagar de 241 euros.

Al haber comprado en 1975, en todo caso te va a sali a pagar muy poco.

Pero hay que estar seguros de las fechas. Hace poco hicieron una consulta parecida, pero al final resultaba que la fecha que se daba también en los años setenta era cuando la compró el padre de esta persona, que la había heredado hacía un par de años. En ese caso, la fecha de "compra" es la de la herencia, sin que importe cuando fue adquirida originalmente.

17/06/2007 11:08
muchas gracias mark9, creo que he entendido bien, pero cuentas 10 años para atras hasta llegar al 1996, porque en 1996??La propiedad la vendi el 18 noviembre de 2007, y fue adquirida mas o menos, no se la fecha exacta pero aproximadamente seria el 20 abril del 1972, muchas gracias.

Un saludo.
17/06/2007 16:20
Las ganancias generadas por inmuebles adquiridos antes del 31.12.96 tienen una reducción del 11,11 % por cada año de permanencia en tu patrimonio antes de esa fecha. Con 9 años ya alcanzarías el 99,99 % de reducción (o sea, desde el 1987), aunque hayas comprado en 1972 no afecta.

Como a partir del 20.01.2006 cambió la ley, la ganancia hasta esa fecha sigue disfrutando de la reducción, no así el resto hasta la fecha de venta.

En tu caso:

- Permanencia total del inmueble en tu patrimonio, desde 20.abril.1972 hasta 18.nov.2006 (aproximadamente): 12.630 días

- Entre el 20.ene.2006 y 18.nov.2006: 303 días (sin reducción en la ganancia).

- 233 días son el 2,40 % sobre el período total de 12.630 días.

- Una vez que calcules la ganancia patrimonial: precio de venta (menos gastos) - precio de compra (más gastos), le aplicas el 2,40 % y esa es la ganancia a incluir en tu declaración de IRPF del 2006, que tributará al tipo del 15 %.

NOTAS:

1/El precio de compra lo tienes que actualizar según su fecha de adquisición conforme a las tablas de hacienda. En tu caso corresponde aplicarle un coeficiente del 1,1924, lo multiplicas por el precio de compra y el resultado es el que has de utilizar: por ejemplo, si te costo 8 millones, 8x1,1924=9,5392 millones que es el precio de compra a utilizar en el cálculo de la ganancia.

2/ Si el contribuyente tenía al vender más de 65 años la ganancia patrimonial estaría totalmente exenta si era su vivienda habitual, aunque creo que este no era tu caso.

En la página de hacienda WWW.AEAT.ES te puedes descargar el Manual de Renta 2006. Mira en lás páginas 277 y 280 en adelante.