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Irpf

1 Comentarios
 
25/05/2007 11:30
Hola,

El mod. 130 es sólo un modelo de ingreso a cta., en cualquier caso, cualquier diferencia que pueda haber, se regulariza cuando se hace la declaración del IRPF (Mod. 100)

Un saludo.
Irpf
23/05/2007 12:31
Tengo una consulta acerca de la declaración anual del IRPF (en relación con las autoliquidaciones trimestrales).
Realizo actividad profesional, por lo que estoy obligada a presentar el modelo 130.
Al cumplimentar la declaración anual del IRPF con el programa PADRE, me he dado cuenta de que en las declaraciones trimestrales del año 2006 no reflejé en el apartado de gastos el 5% de los "gastos de difícil justificación". Así, en la declaración anual el volumen de gastos me sale ligeramente superior a lo expresado en el modelo 130 del último trimestre.
¿Habría alguna consecuencia? ¿es necesario que presente algún tipo de rectificación en Hacienda? (en todo caso, ha habido un perjuicio para mí, que he ingresado por pagos fraccionados más cantidad de la que debía, pero en todo caso una suma muy pequeña: inferior a los 50 euros).
No sé si me habré explicado bien...Espero que alguien pueda darme una respuesta.
Muchas gracias