Despues de un largo tiempo y reclamacione por Sentencia JudiciaL QUE ESTA FIRME me han reconocido una pensión de jubilacion anticipada con efectos de Octubre de 2013, pagandome los atrasos de dicha pensi-on con efectos de esa fecha. La Sentencia se hizo firme en agosto de 2015. ¿Como debo hacer desde el punto de vista fiscal. Hacer una complementaria en 2013 y otra en 2014?