Buenas tardes, tengo entendido que si vendes tu vivienda habitual después de la jubilación, no pagas IRPF.
Estoy prejubilado al 75% desde los 61, tengo que trabajar en 25% de la jornada anual hasta los 65.
¿Se me considera jubilado a efectos del IRPF en caso de vender mi vivienda ahora o tengo que esperar hasta los 65?
Muchas gracias por vuestra ayuda.