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irpf que sube y baja

6 Comentarios
 
28/10/2009 13:41
Pero es que "para que al final de año no me venga la nómina tan baja" no es ninguna causa de regularizacion prevista por la norma, y por tanto, es incorrecta y sancionable.

Vuelo a repetir lo mismo, el tema de retenciones no se puede dejar al libre albedrio (al menos de la empresa, por parte del trabajador ya hemos matizado que puede solicitar una retencion mayor, nunca menor, pero repito, la ha de solicitar expresa y formalmente el trabajador).

Se trata de calcular ya de inicio la retención correctamente (en base a prevision de ingresos, gastos y situación personal) y SOLO si se produce una variacion en alguno es los factores considerados (repito, ingresos, gastos o situación personal) procede regularizar el tipo de retención, que, además, debe realizarse puntaulmente en el momento en que se evidencia tal modificacion aunque puede optarse tambien por hacerloa trimestralmente (en los meses de abril, julio y octubre)

Pero si no cambia ni el salario (o su previsión, en base a datos objetivos y acreditables), los gastos (cotizaciones...) o situacion personal NO PROCEDE REGULARIZAR, es decir, no puede cambiar el tipo de retencion.

y, evidentemente (que es lo que pasa a menudo) no puede ir haciendose sucesivas regularizaciones de la retencion con el simple proposito de que a final de año cuadre la retencion teórica con la realmente practicada (y es que en el tema de las retenciones influyen una serie de factores: limites, redondeos, etc) que pueden generar una desviacion entre retenciones teóricas (lo que luego te toarái pagar a Hacienda no no tuvieras otro tipo de ingresos, gastos o deducciones) y las realmente practicadas, y ello es totalmente correcto y justo lo incorrecto es ir haciendo regularizaciones a saco para conseguir cuadararlo (y mas incorrecto, vaya, ilegal,. es encima hacerlo con algun otro propósito, ya con mas mala fe: retener de menos...).

Nada, que te lo vuelvan a explicar. diles que o bien no lo has entendido bien o es que algo están haciendo que no puede ser.

Saludos
28/10/2009 13:06
Hola muchas gracias por estos datos, bien me comentan que son las regularizaciones, para que al final de año no me venga la nómina tan baja, si me han retenido de menos .
Muchas gracias.
28/10/2009 00:23
"La empresa puede retener más de lo que le obligue la ley"

Vale, pero siempre que lo solcite expresa y formalmente (que, llegado el caso, la empresa lo pueda acreditar) el traajador.

Si no, tiene oblgacion de retener lo ue marca a norma, ni menos (eso nunca, aunque lo pia el trabajador) ni mas.

Y s, es cierto que en las retencions influyen muchas variables que menudo originas cambios frecuetes yde cierta entidad, pero, en todo caso, pra regula rencin debe existr algun cambio ya sea en las percepciones, los gastos (cotizaciones...9 o situacion familiar pero lo que no puede ser es que sin evidenciarse cambio varie el porcentaje deretencion.

En fin, que los de la asesoriate expiquenqué cambio en alguno de esos factores ha originado la regularizacion y nos los comentas.

Saludos

27/10/2009 23:28
La empresa no entiende, y normalmente la asesoría tampoco. POrque eso lo calcula directamente un programa informático, en base a la última reglamentación de la agencia tributaria, y tus anteriores nóminas y la presente. Sí a veces se dan saltos repentinos, fuertes e inexplicables. Y tienen mala solución.

Pero sí te puede solucionar bastante saber:
1) Si lo que deseas es tener una retención alta siempre, para que ésta sea fija y no variable y así recibir todos los meses lo mismo, y que al hacer la declaración anual del IRPF AEAT te devuelva una pasta, eso lo puedes solicitar, es legal, y te harán ese favor seguro. POr ejemplo que en vez de 4,04% u 8,08%, te retengan todos los meses un 15% y listos. Hay gente que lo quiere así.

2) La empresa puede retener más de lo que le obligue la ley, o lo exacto (que es lo habitual), pero no menos, so pena de sanción. Esta es la norma.

Saludos
27/10/2009 18:38
Estoy indefinida y me ha subido de un 4,04 a un 8,08 a mi compañera tambien le ha subido 4 puntos. Ha habido algún cambio en la ley.
Deberíamos reclamar a la asesoría .
27/10/2009 18:22
En el irpf influyen muchas cosas, pero si tu contrato es indefinido y todos los meses cobras lo mismo, no tendría que variar como tu bien dices tantas veces al año. Si tienes un contrato de obra,o te hacen al año varios de duración determinada, la situación es distinta, pues el calculo se te hace por cada periodo de contrato, con lo que si te puede variar y en los ultimos meses el irpf puede ser muy superior al que te estaban practicando.
Irpf que sube y baja
27/10/2009 18:07
Hola en mi empresa casi todos los meses tengo un irpf diferente a qué se debe? es normal tanto cambio? en qué se basan? Sólo tengo en mi sueldo el salario base más la categoría porqué me lo mueven tanto? podría entenderlo si fuera vendedor o tuviera un sueldo cambiante pero no es así. La empresa no entiende y la asesoría me dice que es asi y ya está.
UN saludo.