Hola. En 2010 y 2011 cobré la prestación por maternidad por el INSS. En los datos fiscales vienen retenciones fiscales y deducciones referentes a esa pensión.
Según tengo entendido, las pensiones no están sujetas a retención por IRPF.
¿tengo derecho a solicitar a hacienda la devolución de esas retenciones por estar indebidamente retenidas? o por el contrario en las declaraciones del IRPF de esos años ya aparecen como devueltas?
Gracias.
No conozco qué ley regula que las pensiones no estén sujetas a IRPF.
Por lo que yo sé, la prestación por maternidad no es una pensión y sí está sujeta al IRPF.
Si presentó la declaración de la Renta de los años 2010 y 2011 se habra deducido las retenciones correspondientes, supongo.
Si no presentó las declaraciones de esos años, tendrá que estudiar y valorar si le merece la pena presentarlas ahora fuera de plazo.
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
Publicado en: «BOE» núm. 285, de 29/11/2006.
Artículo 7. Rentas exentas.
Estarán exentas las siguientes rentas:
z) Las prestaciones y ayudas familiares percibidas de cualquiera de las Administraciones Públicas, ya sean vinculadas a nacimiento, adopción, acogimiento o cuidado de hijos menores.
Efectivamente, es lo que yo decía. Le copio una nota de la Agencia Tributaria:
"Por tanto, las retribuciones satisfechas en forma de prestación por maternidad satisfechas por la Seguridad Social deben calificarse como rendimientos del trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en la letra a) del apartado 2 del artículo 17 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, que establece que, en todo caso, tienen la consideración de rendimientos del trabajo las prestaciones percibidas de los regímenes públicos de la Seguridad Social, no siéndole de aplicación ninguno de los supuestos de exención previstos en la Ley 35/2006".