Me gustaria saber los siguientes efectos fiscales.
Sociedad de gananciales, fallece unos de los conyuges. La vivienda habitual es de los dos.
Es ese caso unos de los conyuges tiene el 50 %, pero al hacer la division de la herencia el vivo desea transmitir a los hijos su parte de la vivienda, para que asi hereden todo.
La parte del vivo seria una donacion.
¿Sería eso posible, que renunciara al usufructo? Que efectos fiscales tendria a efectos del IRPF tanto para el donante como el donatario. El conyuge vivo tiene 80 años y un grado de minusvalia por encima del 65 %.
Gracias.