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IRPF en finiquito

3 Comentarios
 
Irpf en finiquito
11/02/2005 09:35
Hola a todos,

Me gustaria si alguien me pudiese contestar a una cuestion que me ha surgido hace unos dias. Si se hace un finiquito de un trabajador por ejemplo a mitad del año, ¿qué IRPF se le aplicaría por su salario, parte proporcional de pagas extras y vacaciones en ese finiquito?, ¿el mismo porcentaje que se le aplicaria segun las retribuciones anuales que tenia pactada por la empresa o habria que hacer una regularización y practicar ese ajuste en esa última nomina?.

Muchas gracias por vuestra ayuda.

Saludos
11/02/2005 09:47
Hola mcris, yo lo que suelo hacer ya que el programa de nóminas con el que trabajamos me da esa opción, es regularizar a la hora de calcular el finiquito, que creo que sería lo correcto.
Un saludo
11/02/2005 09:50
mcris, si el trabajador causa baja durante el año, deberas regularizar la retencion dle IRPF ya que hasta ese momento conisderabas la prevision de todos los ingresos hasta final de año (o hasta final de su contrato). Si causa baja antes de ese momento, recalcularas los ingresos totales, que, obviamente serán inferiores. A menudo la regularizacion supone no retener nada. Hay que ver cada caso, claro. Pero por ej, un trabajador con una prevision de ingresos hasta final de año que le supone una retencion del 15%, casa baja a mitad de año, con lo que una vez reclaculados sus ingresos definitivos, da una retencion de por ej. un 6% (recordad que los tipos son progresivos). Como durante medio año le has reteniudo 8 puntos por encima de su retencion global final, incluso sin retenerle nada en el finiquito, su retencion acumulada ya supera el importe que corresponde.
Si la baja es a fibnal de año, la incidencia será menor, claro.

Si lo que ocurre es que el contrato es temporal, su vencimiento se da durante el año y esa es la causa del la extincion del contrato, no deberia tener demasiada trascendencia a nivel de retencion, ya que, en ese caso, la estimacion de ingresos se habrá hecho hasta el fin del contrato, por lo que si se ha hecho bien, la regularización no debra implicar un cambio sustancial en la retención.

Un saludo
11/02/2005 12:37
Muuchisimas gracias me habeis ayudado mucho!!!

Saludos