En 2007 realicé permuta de solar por un piso. El constructor se evaporó y tuve que ir a juicio en 2008 por embargo contra la Seguridad Social (porque algunos de sus trabajadores no los tenía asegurados, y de otros asegurados no pagó los últimos meses) y contra un proveedor de materiales al que no pagó las últimas remesas, para poder obtener la propiedad de dicho piso. A lo largo de todo el proceso judicial 2008-16 no tenía nada claro que pudiera obtener la propiedad del piso, pero en junio de este año el juez en una resolución judicial me ha dado el piso en propiedad.
Desde 2008 hasta la fecha le he ido pagando al abogado de forma casi semestral unos 1.000 euros, por lo que le he pagado unos 18.800 euros en total.
Mi pregunta es, cuando haga la declaración de la renta del año 2016 (en junio del 2017) en la casilla de aumento del patrimonio puedo descontar como gastos todos los 18.800 euros, aunque hayan sido gastos desde el 2008.
Gracias por las respuestas.
No se si me he explicado bien o mi pregunta no está clara. Por más que he buscado en el histórico de esta web y en Internet no encuentro una respuesta a mi duda.
Sólo deseo saber si los gastos regulares que he hecho durante 8 años en un juicio por la propiedad de un piso se suelen descontar en su totalidad como gastos en el aumento/disminución del patrimonio en el IRPF, o sólo se deben considerar los correspondientes al año en que se hace el IRPF.
Les agradecería una orientación al respecto.
Creo que te conviene consultar con un asesor que examine todos los documentos y pueda darte la solución adecuada. No lo digo por eludir el asunto, sino porque es complejo y dependiendo de los detalles la solución puede ser muy diferente.
En relación con los gastos de abogado, mi opinión es que no son deducibles porque no implican mejora en lo entregado (el terreno). No obstante, lo digo con todas las reservas puesto que no conozco el criterio de Hacienda en esta cuestión concreta.
Por otro lado, el criterio de Hacienda es que la ganancia patrimonial se debe declarar en el ejercicio en que se firma la escritura de permuta y se entrega el terreno. Por lo que dices, fue en 2007 y pudiera estar prescrito.