No tienes que preavisar si tienes menos de 1 año de antigüedad por ser contrato temporal.
Si no lo haces, es posible que aún así te quiten un día de sueldo por cada día de falta de preaviso, aunque no correspondiera. En ese caso esa "sanción" se la podrías recuperar en un procedimiento de reclamación de cantidad.
En el "finiquito" te tienen que pagar los días de vacaciones que te falten de este año proporcionalmente. Los del año pasado los has perdido a no ser que los hubieras pedido por escrito y no te los concedieran. También tienen que pagarte la parte proporcional de las pagas extras, tanto de este año como las del pasado que no te abonaran, a no ser que las cobres prorrateadas.
Pero no solo eso, en el finiquito puedes reclamar cualquier cosa que te deban de las ultimas 12 nóminas. Para saber si te deben algo tienes que leer tu convenio, porque es posible que te esten pagando en relacion a una categoria inferior a la que realmente hayas trabajado, que te falten pluses o un montón de cosas.
Si tienes delegado de confianza que te revise el el finiquito y si no puedes ir a un sindicato o incluso a un abogado de oficio si has ganado menos del doble del salario mínimo en el último año.
El tema es que me voy de mi empresa y tengo un contrato por fin de
obra y no se si tengo que avisar con los quince días y si aviso con menos tiempo que me tienen que descontar
El contrato empezo en septiembre del año pasado y no he utilizado todos los días de vacaciones que tenía y no se si me las tienen que pagar o no