Buenos días, tengo varias dudas, soy madre separada legalmente en España (15/11/2002) aunque mi matrimonio se efectuó en Uruguay teniendo los dos la nacionalidad uruguaya solo en ese momento, ahora los 2 tenemos también la nacionalidad española. Tenemos una hija en común de 13 años española. La custodia la tengo yo, el padre régimen de visita cada 15 días que no puede cumplir por vivir en distinta comunidad, el en Catalunya y nosotras en Andalucía, pasa una pensión mensual de 185€ actualmente, solo para la niña. El piso en común que teníamos se lo quedo el haciéndose cargo de la hipoteca, en el convenio de separación dice que yo cedo mi mitad (cosa que en el momento no me quedo claro que no recibiría nada a cambio y que tampoco tenia derecho a una pensión para mi). El padre ve a la niña 2 veces al año en un total de unos 15 días. Siempre ha pasado la pensión aunque muchas veces tengo que reclamarla por que no se en que fecha la ingresara, (hoy es 27 y aun nada.) El tema es que nunca he reclamado nada ni he echo problemas a pesar de que la separación fue por malos tratos, de echo tengo la carta del servicio catalán de salud de cuando me vine para Andalucía donde lo especifica. Bueno ahora por motivos laborales míos, me quiero ir a Uruguay mi pais de origen, y necesito saber si el puede oponerse a que lleve a la niña y que debo hacer al respecto teniendo en cuenta todas las cosas ocurridas en estos años, El viaja a Uruguay todos los años un mes, con lo cual la podria ver la misma cantidad de tiempo que la ve aki (15 dias x año) o inclusive mas! Necesito vuestra ayuda para aclarar mi situación por favor. Por trabajo he de irme a primeros de febrero. Gracias
Debe promover judicialmente, con abogado y procurador, cambio de medidas para adaptar las visitas a la nueva distancia, así como para obtener consentimiento judicial para el traslado de la menor Si el padre no se opone es muy probable que el juez no ponga problemas, si el padre se opone y pide la custodia el juez puede plantear la conveniencia de un cambio de custodia al padre para que la menor no se aleje de él y se mantenga en el país actual.
En caso de trasladar a la menor sin autorización judicial se producirá sustracción internacional de menores, con el tratamiento penal que supone.
Y aunque la vea 15 días al año y en 9 años nunca la haya visto cada 15 días como dice el convenio, sucedería esto? entonces en que quedan todas las visitas que no hizo en todos estos años? que tengo que cambiar en el régimen de visitas si la va a ver lo mismo de siempre? ¿para que no se aleje? nunca la tuvo cerca mas de 15 días!. ¿Eso da igual? Gracis por vuestra ayuda
No dijo que se hubiera denunciado cada incumplimiento de visitas de la menor con el no custodio, por tanto legalmente consta que se cumplen las visitas escrupulosamente.
Además, aunque el padre incumpliera las visitas y Vd. lo hubiera denunciado (y un juez condenado o no, según circunstancias) no implica que Vd. pueda trasladar a la menor de forma irregular a otro país.
Lo dicho en el mensaje anterior es lo correcto que debe hacer, solicitar autorización judicial y en esa solicitud puede argumentar las ventajas de ese cambio de país y que no perjudica al número de días que la menor verá al padre. Luego a la vista de lo que el padre responda el juez decidirá (si el padre está de acuerdo con el traslado seguro que el juez lo autoriza)