La fecha del contrato aporta información de cara a posibles penalizaciones por no llegar al mínimo del tiempo establecido en el contrato.
Ahora bien, en cuanto a la fianza, esta nada tiene que ver con el pago de una mensualidad, es decir, que si usted permanece el mes de diciembre en el piso tendrá que abonar la renta del mes de diciembre y una vez que deje el piso y el casero compruebe que todo está en orden y en perfecto estado, este le devolverá la fianza.
Buenos días Señores. Si quiero ir del piso teniendo el contrato a mi nombre,debo avisar al dueño 1 mes por ej finales de Noviembre diciendo que el 31 de Diciembre dejaré el piso.
Tengo derecho a estar este mes de Diciembre con mi fianza que deposité al principio? Gracias