Hola, soy bastante novato en estos temas. soy diplomado en relac. Laborales y trabajo en una gestoria, no estoy colegiado.
Pregunta:
el lunes, un cliente tiene un cmac por demanda por despido improcedente, puedo ir yo acompañando al administrador sin que el mismo me confiera poderes notariales y poder intervenir en la negociacion??
Por supuesto, es lo habitual. Ya te darás cuenta que “la negociación” no se hace en el despacho de conciliación sino fuera, en el pasillo, entre al abogado de la empresa y el del trabajador. Al entrar, el conciliador os preguntará, simplemente, si hay acuerdo o no.
Retiro lo de “entre el abogado de la empresa y el del trabajador.” Por entre empresa y trabajador y sus acompañantes.
Si va el empresario no te hacen falta poderes, (ahora bien, que él lleve los suyos respecto de su sociedad) ni tampoco estar colegiado. Como observarás en la citación pondrá que puede ir acompañado, no de abogado, sino de un “hombre bueno”, que nadie sabe exactamente lo que es, pero que todos servimos para ello.
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gracias Stivi, esque precisamente eso que pone: "...podrá ir acompañado de un hombre bueno..." : no sabia si yo... (jaja!)
Me puedes dar algun consejo, esque la verdad estoy un poco nervioso y no me gustaria que se me notara demasiado.
a) Dicese del que reza todas las noches sus oraciones y comulga todos los primeros viernes de mes ademas de domingos, festivos y otras fiuestas de guardar.
b) Dícese de entre otros, de Geoge Clooney y muchos mas que son el pecado hecho carne.
hola lin...yo tambien llevo raltivamente poco tiempo en esto; soy Graduada Social tb; pero te diria en la experiencia que tengo en conciliaciones que lo normal es que si la empresa tiene intencion de llegar a un acerdo se pondra en contacto con el trabajador para conciliar las cantidades antes de la conciliacion... si no te llama...seguro que ni aparece al acto...
LIN, supongo que llevas a la empresa pues acompañas al administrador.
Dices que es un CMAC por despido improcedente.
Ergo, o tienes muy claro que el despido es procedente y lo vas a defender hasta la muerte, o, como sabrás, si no consignáis antes de la conciliación te van a correr salarios de tramitación hasta el día del… la sentencia si lo perdéis y le saldrá mucho mas caro al cliente.
Y en fin mas cosas segun se trate el asunto, ya iras pillándole el tranquillo.
Saludos compañeros y compañeras. Tarde calurosa, poca materia y buenas ocurrencias. Pero como siempre, gallegas. Y es que creo que la compañera Ninfa, debe tener, por algún lado, una "rama" de andaluza, aunque se manifiesta "celtiña".
Hombre, ¿y aquí qué ha pasado, que el marcador estaba en 10 y de pronto se baja a 2? Pues ya está, seguro que el administrador ha valorado y ha tenido en cuenta que de las contestaciones (y no precisamente la mía) que se han dado, solo 2 merecen estar.
Lin, enhorabuena, has caido simpatico en el foro, por la misma pregunta que has hecho, aqui lo han puesto de vuelta y media, (pero claro esos defendian al trabajador, tu como defiendes a un empresario pues aunque no tengas ni idea no pasa nada). Que conste que te deseo suerte y todos han empezado como tu, asi que espero que la proxima vez que alguien con poca experiencia pida consejo para defender a un trabajador se le trate con la misma correcccion.
Empresario jus. nadie nace enseñado y comentarte que en este caso estoy del lado de la empresa porque es mi trabajo pero otras veces(muchas) miro por los intereses del trabajador. NO seas condescendiente...
Os comento mi caso: Trabajador extranjero, que llevaba un año con contrato eventual y se le ha hecho fin contrato. Hasta aqui todo ok.... pero::::
esta persona en verdad llevaba 4 años trabajando de manera ilegal, sin contrato y sin doc., en la super empresa.
Lo sé, lo sé... Estoy harta de decirlo, soy novata, pero no estúpida y he ido siempre a clase, pero con los grandes empresarios pues (...).
La cuestion, logicamente el trabajador reclama un despido improcedente a razón de 5 años de antigüedad y no un fin contrato con un finiquito irrisorio.
Nosotros obviamente no vamos a reconocer que tiene una antiguedad superior al año, si es el caso reconoceremos desp, improcedente a razón de un año y punto, el empresario está dispuesto a mejorar un poco la indemnizacion pero, no creo que acepten.