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I.P.total y jubilación

2 Comentarios
 
27/10/2004 16:16
Muchas gracias Cortés!!
27/10/2004 14:05
Hola, al cumplir los 65 seguiras cobrando la pension de invalidez que a partir de este momento se llamara pension de jubilacion
En el caso de que al cumplir los 65 cumplas los requisitos para tener derecho a una pension de jubilacion, es decir que en los ultimos 15 años hayas cotizado 2, (la situacion de invalidez no computa, para estos 2 años) pudes pedir la pension de jubilacion si esta es superior a la pension que ahora recibes
llegado el momento si vas a la oficina del inss alli te diran los pasos a seguir y te diran la que mas te conviene
un saludo
I.p.total y jubilación
27/10/2004 11:49
Espero que alguien me pueda ayudar.
Tengo 64 años y cumplo 65 en Marzo de 2005, tengo reconocida desde el 1995 una incapacidad permanente total. Mis preguntas son las siguientes: ¿qué sucede cuando cumpla 65 años?
¿seré jubilado o seguiré cobrando la pensión?
Si me jubilan ¿cómo se calcula la cantidad a percibir?
¿Qué trámites tengo que hacer? ¿cuándo debo hacerlos?
Gracias