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ipt

9 Comentarios
 
Ipt
19/07/2016 21:12
He estado de baja desde agosto de 2015 y ahora me han concedido una ipt, para el calculo de la pension han cogido los años desde 2011 hasta 2016 incluyendo el año de baja, la ipt es por enfermedad comun, tengo bases de cotizacion en 2007, 2008 y 2009 mejores que la de los ultimos años ya que no tengo porque no he podido trabajar con mis dolencias quisiera saber si puedo reclamar tomando como bases esos años y no los ultimos, gracias.
19/07/2016 23:04
no, son los ultimos cinco años, ademas no te afecta estar de baja porque una cosa es el salario y otra la base de cotizacion a la seguridad social
20/07/2016 01:40
Gracias, si ya me imaginaba que eran los últimos 5 años, hasta que me di de baja, en 2013 y 2014 no tenía paro solo ayuda y han tomado la base de cotización mínima, no la mía y de 2015 a 2016 igual, por eso me ha bajado tanto la pensión, mi media de base es 1600 euros y han cogido 700, por eso el año de baja creía q no contaba y podía contar desde 2010 hasta agosto de 2015 no hasta 2016, espero haberme explicado.
20/07/2016 10:24
no es que tu base sea baja es que te han dado una IPT y por lo tanto cobras el 55% de la base reguladora hasta los 55 años, luego sube al 75%
20/07/2016 15:00
manelc
Gracias por contestar, no me he explicado bien, de pension me ha quedado unos 500 euros, se que es el 55% de mi base, pero al tomar 3 años en los que no he trabajado, han tomado la base minima no la mia, por eso queria saber si podia cambiar el ultimo año que es 2015 en el que he estado de baja y cambiarlo por 2010 en el que tenia una base buena y estaba trabajando, han calculado desde 2011 hasta 2016 de los cuales 2013, 2014,2015 y 2016 no he trabajado en cambio desde 2007 hasta 2012 si, de los 5 años del calculo de la pension he trabajado 2, pero como son los ultimos desde la baja pues se quedara asi claro.
20/07/2016 15:57
pathryzya
Hola..una pregunta....si cojiste la baja en agosto de 2015 no deberian de haber contado 5 años desde esa fecha para atras? lo pregunto porque comentas que te han contado desde 2011 a 2016...
20/07/2016 20:06
pathryzya
Claro esa era mi duda, han metido en el calculo desde abril de 2011 hasta febrero de 2016 y yo empece la baja en agosto de 2015, y el expediente de ipt empezo el 14 de abril 2016 y el 6 de julio me han concedido la ipt, tendrian que haber contado desde agosto 2015 para atras y asi entraria el año 2010, ¿tendria que reclamar?, gracias otra vez.
20/07/2016 23:05
pathryzya
es que la base te la cogen desde que se concede la incapacidad, no desde que estas de baja
21/07/2016 13:48
pathryzya
Hecho causante Efectos económicos


Si la incapacidad permanente surge tras haberse extinguido la incapacidad temporal de la que deriva, bien por agotamiento del plazo, bien por alta médica con propuesta de incapacidad permanente:

El hecho causante se entiende producido en la fecha de la extinción de la incapacidad temporal.

Los efectos económicos se fijan en el momento de la calificación, es decir, en la fecha de la resolución del Director Provincial del INSS. No obstante, podrán retrotraerse a la fecha de extinción del subsidio de incapacidad temporal, cuando la cuantía de la pensión de incapacidad permanente sea superior a la del subsidio que se venía percibiendo.

Si la incapacidad permanente no está precedida de incapacidad temporal o ésta no se ha extinguido:

El hecho causante se entiende producido en la fecha de emisión del dictamen-propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI).

Los efectos económicos se fijan en la misma fecha de emisión del dictamen-propuesta.

El incremento del 20%, en los casos de incapacidad permanente total cualificada, produce efectos económicos desde la fecha de la solicitud, con una retroactividad máxima de 3 meses, siempre que concurran los requisitos necesarios para tener derecho al citado incremento.




esto esta sacado de la pagina del inss....
en tu caso, como no se ha llegado a agotar el plazo maximo de incapacidad temporal, deben contarte los 5 años desde la fecha en que se haga el dictamen propuesta del evi para atras.....
segun se deduce de la web y tal como dice Manel, no parece que en ningun caso se cuente desde la fecha de baja para atras
27/07/2016 23:48
MundoBuda
Gracias por la aclaracion, esta muy bien explicado, saludos.