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37 Comentarios
Viendo 21 - 37 de 37 comentarios
05/02/2013 15:26
Trola un simple cocinero te habia comentado, que estabas equivocado, nada mas.....
Pues eso, haz lo que te de la gana, opinas lo que quieras, y sientete realizado,no sabes del tema que estamos hablando, pero yo no soy psiquiatra para decirte, me que no te metascamisas de once varas, ...... explayate, ......pero para que lo entiendas lo que acabas de comentar , es como si a uno con la gripe le dice que tome......emoal. Tu mateix.
05/02/2013 15:38
bernabiel y trola.

Ya me he cansado.

Creo que los temas personales los deberías resolver de otra manera, no en el foro.

Pienso que sería una buena opción que os comunicárais por e-mail para intentar resolver este tema.

La verdad, no me ha parecido muy afortunado el comentario de trola. Creo que hay que pensar SIEMPRE en la situación en que se encuentra el consultante.

Un saludo a los dos.




05/02/2013 15:54
Trola
Dices:
Yaisa declara que, a consecuencia del cuchillo tubo problemas en la mano.
¿Esto que nos dice?
¿ Que el cuchillo era inadecuado?
¿Que el cuchillo no cortaba suficiente y por tantomdebianhacer más fuerza?
¿¿Que nos quiere transmitir con esto?
El cuchillo es un ser inanimado, es una herramienta, es un utensilio de trabajo?
Yaisa podría haber advertido o cambiar de herramienta.
Pienso que es un accidente de trabajo, por omisión o negligencia del trabajador.

Te remito a la LPRL, no te la voy a citar toda, el obligación del empresario garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, ser empresario es más que ser dueño de una empresa, una adquiere parte del fruto del trabajo ajeno a cambio de unas obligaciones, entre ellas adoptar todas las medidas de prevención necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. Quisiera ver yo la evaluación de riesgos, si los EPIs son los adecuados para el trabajo, si se dió formación en materia de prevención a los trabajadores, etc., todas esas cosas que casi ninguna empresa hace.
La responsabilidad del trabajador que nunca se presume, sería sólo por incumplir las obligaciones que para el establece en único art. la LPRL, ordenes del empresario, etc., y aun habiendo culpa del trabajador sólo sirve para atenuar en su caso la del empresario pero nunca para liberarlo, pues la JP considera que el deber de controlar y vigilar que se cumplan las normas corresponde al empresario y si se incumplen el empresario puede ejercitar el poder disciplinario que tiene y despedir en su caso al trabajador, o la sanción que corresponda si el incumplimiento es muy grave.

Por otra parte, en lo que se refiere a accidente de trabajo...te copio el ART. 115.5 LGSS:
No impedirán la calificación de un accidente como de trabajo:
a.La imprudencia profesional que es consecuencia del ejercicio habitual de un trabajo y se deriva de la confianza que éste inspira.

b.La concurrencia de culpabilidad civil o criminal del empresario, de un compañero de trabajo del accidentado o de un tercero, salvo que no guarde relación alguna con el trabajo.

Otra cosa es que la trabajadora tuviera un acccidente laboral por dedicarse a actuaciones propias d un faquir, que deduzco no es el caso.

Habría que ver si en la lista de enfermedades profesionales se contempla para los carniceros dicha enfermedad profesional, si no se contempla no cabe alegar enfermedad profesional pues nuestro sistema legal es el de lista....PEROO eso no quiere decir que no puede considerarse dicha patología como contingencia profesional, pues al trabajador le queda solicitar dicho reconocimiento de contingencia profesional por la vía del ART. 115.2.e)...que copio y pego..."Las enfermedades, no incluidas en el artículo siguiente, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo".
**El art. siguiente es el 116 referido a las enfermedades profesionales, si bien en este caso, es el trabajador quien tiene que probar que su enfermedad tiene como causa exclusiva la ejecución del trabajo y no otras causas ajenas.

05/02/2013 15:56
Dicho todo lo anterior (pues no me entraba más):
1) La consultante no dice si la IP es por contingencias profesionales o comunes.

2) Lo que escucho en la calle...no tiene valor si no concreta...puede referirse en su caso al recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad (a cargo del empresario), puede referirse a alguna indemnización prevista en el convenio para cuando se declara a un trabajador en situación de IP, o puede referirse a una demanda por negligencia médica, pero entiendo que la trabajador no se está refierendo a esto.

3) Por último, una cosa son las complicaciones que uno asume cuando se mete en quirófano y otra las negligencias, son cosas distintas, ya se que firmas que asumes posibles complicaciones que pueden darse (que mejor no leerlas, aunque hay que hacerlo, porque cuando acabas de leerlas te dan ganas de dar vuelta), pero estas complicaciones pueden darse naturalmente (por decirlo de alguna forma) o por una negligencia, igual la paciente tenía otras patología y le avisaron de las complicaciones que en su caso igual son distintas a las de otro paciente con la misma enfermedad, cada paciente es un mundo, pero igual hubo negligencia, no lo sabemos...para empezar porque poco nos dice la consultante.

Voy a poner de ejemplo, a mi querido amigo bernabiel, yo no soy médico pero cuando el me explicó sus complicaciones se las leyó un médico, y expresado a mi manera, me vino a decir que lo suyo no tenía remedio a día de hoy, que podía operarse pero de poco o nada iba a servir, podría mejorar un mínimo la calidad de vida pero ese mínimo no compensaba el riesgo que era mayor (y añadió que no se hacen esas operaciones por norma, también porque los beneficios son nulos y el coste elevado), pues estaba el riesgo que todo el mundo asume cuando entra en quirófano aunque no exista negligencia y por otra parte que los casos conocidos en muchos casos acaban peor, por tanto, la doctrina médica mayoritaría (en un porcentaje próximo al 100%) no aconsejan dicha operación. El sabe de lo que hablo. Pero una cosa es que esté desaconsejada la operación y el quiera operarse, asuma el riesgo de las complicaciones concretas de dicha operación que firmará antes, y también las generales que se derivan principalmente de la anéstesia (paradas cardio, etc) y otra cosa distinta (por poner un ejemplo extremo para entendernos) es que bernabiel entre en quirófano a operar un tobillo y salga sin una mano o con una pierna amputada. Es extremo el ejemplo, pero es para ilustrar.
05/02/2013 16:10
Primero amperio , disculpa, no estoy de acuerdo contigo, esto no es personal.............. el señor trola dice que se ha lesionado, por no saber coger el cuchillo...............Yaiza.El señor Trola le tiene que decir... a Yaiza de como coger el cuchillo , a ella que es carnicera???
Yo la verdad "flipo en colores" a lo mejor no estoy acertado en mis comentarios, pero es que he pasado dos veces por esta operacion .....y como diria el buen Eugenio," sap aquel que diu...."

Para acabar, para que molestarse mas......si la tal Yaiza no da señales de vida??? eehhh....
05/02/2013 16:10
Para avalar lo que expuse en materia de PRL, copio el único art. que la LPRL dedica a obligaciones de los trabajadores, y lo que dije son poder disciplinario viene en el último apartado, todos los demás arts. son obligaciones genéricas o instrumentales del empresario y correlaticos DERECHOS del trabajador.

Artículo 29. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos.

1. Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario.

2. Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán en particular:
1.
Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad.

2.
Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste.

3.
No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar.

4.
Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.

5.
Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo.

6.
Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.


3. El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de prevención de riesgos a que se refieren los apartados anteriores tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores o de falta, en su caso, conforme a lo establecido en la correspondiente normativa sobre régimen disciplinario de los funcionarios públicos o del personal estatutario al servicio de las Administraciones públicas. Lo dispuesto en este apartado será igualmente aplicable a los socios de las cooperativas cuya actividad consista en la prestación de su trabajo, con las precisiones que se establezcan en sus Reglamentos de Régimen Interno.

Y finalmente, el art. 14 LPRL, que establece el deber genérico del empresario de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, luego en la ley se concretan los deberes y desarrollan en el RSP , indica en su apartado 4:

4. Las obligaciones de los trabajadores establecidas en esta Ley, la atribución de funciones en materia de protección y prevención a trabajadores o servicios de la empresa y el recurso al concierto con entidades especializadas para el desarrollo de actividades de prevención complementarán las acciones del empresario, sin que por ello le eximan del cumplimiento de su deber en esta materia, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercitar, en su caso, contra cualquier otra persona.

Y creo que no es caso que ocupa para indicar todas y cada una de las responsabilidades que pueden derivarse del incumplimiento de las normas de PRL (de la LPRL y demás normas).

05/02/2013 16:18
Tienes razon Xavi, acabo de leer el post tuyo, pero,.......no era la primera vez que la abrian
05/02/2013 16:18
Que tocho os acabo de soltar...fijo que me odiais a partir de esto!!!

Lo siento, si aburro, pero es que el tema de la prevención me trae por el camino de la amargura, pues la mayoría de costes a cargo de la seguridad social se podrían evitar con medidas de prevención adecuadas, lo que implicaría mayor dinero en la SS y que serían menos exigentes a la hora de reconocer las IP.

Por otro lado, el tema mutuas me "quema" pues las prestaciones por contingencias profesionales son a su cargo y no se como hacen siempre se las cargan a la seguridad social, y no hablo de incumplir temas de rehabilitación. Ufff....me caliento más de la cuenta, y no lo digo yo lo dicen informes del tribunal de cuentas....Un ejemplo ilustrativo es que hace unos pocos años, salieron en la empresa (tengo los recordes bien guardados) los máximos responsables de unas mutuas presumiendo de repartir beneficios entre ellos, algo PROHIBIDO con lo excedentes para los que la ley marca el destino.
Si...y ya sé que es competencia de la ITSS sancionar los incumplimientos de las Mutuas, pero investigar a una mutua a fondo puede llevar un par de años y mucho personal destinado, cuando no hay personal suficiente para atender en tiempo a los trabajadores que recurren a la ITSS a pedir amparo de sus derechos.

Aunque me odies por el "tocho" a gusto me quedé, y esto no me lo quita nadie.

Saludos.
05/02/2013 16:43
Estoy hasta en contra de ainoaaaa!!!! es que en este mundo no vale el sentido comun..!!! De que estamos hablando , leyes por aqui , leyes por alla..... si hes que le estamos dando vueltas y vueltas , y la primera interesada no da la cara......,., NO ENTIENDO, Que por un Tunel Carpiano alguien quede incapacitado..... !!!! Yo no entiendo de medicina...pero me han operado de las 2 muñecas del Tunel Carpiano... y no lo logro entender..!!!!
05/02/2013 17:45
Ainoa, que fuerza la tuya" has escrito tanto que no me he enterado de nada, si lo lees despacio es un poco contradictorio.
Bernabiel " hombre tranquilo" que no se acaba el mundo.
Y la yaisa sin aparecer.
Mas absurdos que hay en los comunicados entre el PP y el PSE, no creo que aquí se vaya a dar, y sin embargo la gente se los traga.
Yo veo el programa intereconomia y ahí hay para todos los gustos, y sin embargo son educados como yo, sin ofender a nadie.
Un saludo para todos ( y no enfadarnos tomárselo con calma)
05/02/2013 17:50
Bernabiel, yo tambien quisiera que me mandaras una receta de carne para guisar, pues me encanta.
Y no me contestes mal.
Saludos
05/02/2013 18:27
Faltaría mas Trola....hoy que toca ,cabrito..ciervo, cerdo, ..comí eres asiduo a inter..economía, elige tú el manjar.

Pero no pienses en el presentador, que se ha ido con los curas de la13... Os ha dejado,....lo que hace el dinero.
05/02/2013 22:24
Por orden de prioridades:
Bernabiel que estooo que dices....Estoy hasta en contra de ainoaaaa!!!! es que en este mundo no vale el sentido comun..!!!.
Que no te pongas pesado que no te doy el divorcio, que no. Tú te operaste 2 veces del tunel carpiano pero eras una persona sana, al menos no tenías otras patología asociadas (ej, tema tiroides, artritis reumatoide, etc), y seguramente te operaron por cirugía abierta (la clásica, 10-15 minutos, tan pronto haces pis para casita) y no por endoscópica, y muchos otros factores que pueden influir. Es más, y esto lo pregunté (palabra de hermano), hay mucha gente que llega a necesitar de 2 intervenciones, y la operación es sencilla si sólo es eso...pero igual hay más cosas que no sabemos. Por saber, no sabemos ni donde está la consultante.

Trola a tu contestación: Ainoa, que fuerza la tuya" has escrito tanto que no me he enterado de nada, si lo lees despacio es un poco contradictorio.
No escribi tanto, parece mucho, pero escrito por mí es poco, la mayor parte son los preceptos legales para que no haya confusión además creo que es interesante para todos (si a alguién le aburre que no lo lea).
Si me dices lo que consideras contradictorio, de ser así lo corrijo sin problema o si es falta de comprensión lectora por tu parte te lo explico.

Saludos.
05/02/2013 22:43
Hola, lo primero gracias por intentar aclararme las cosas aun que me han confudido aun más. A ver lo mió fué enfermedad laboral, no porque yo usara mal los cuchillos, o estubieran mal, si no que es una profesión en la que el movimiento repetitivo de las muñecas y el efecto que tienen los golpeos que se hacen para partir las carnes con huesos, eso me creó varias tendinitis, todas catalogadas por la profesión, y después me diagnosticaron el Síndrome del túnel carpiano. Como bien decís yo padezco otras patologías, una de ellas es una miopatia glucogenisis en mis músculos, se que esta operación a pesar que es sencilla puede tener sus complicaciones y a mí en este caso me a tocado el gordo. En su día pensé en denunciar a la mutua pero fuí a un medicó forense para empezar a mover el tema y me dijo que seria muy complidado y costoso demostrar la negligencia medica, segun los informes de la mutua habian actuado segun el protocolo a seguir en este tipo de operaciones y en el caso de una segunda intervención también habían actuado correctamente, así que seria complicado, de ahí que no los denuncié. Lo que comentan de que segun el convenio que tenga la empresa si me podria indemnizar segun lo que tenga asegurado, ya me he informado y segun mi convenio no me corresponde nada, aparte solo recoge en caso de accidente laboral y lo mió es enfermedad laboral, asi que por ahí tampoco nada, yo por lo que he preguntado aquí es porque me decian que en la resolución del INSS cuando me concedieron el 55% de la pensión por IPT también me tendrían que haber dado una indemnización, a mí esto no me parecía que fuese así ya que si te dan pensión no es lógico que a de más te den un dinero a tanto alzado pero ante la duda quise preguntar. Lo que nadie me a podido decir bien es sobre mi medicación, si debería de abonármela la mutua ya que es un tratamiento a causa de la enfermedad laboral o si debo seguir costeando-mela yo, pero ya intentaré averiguarlo por otras vías. Les doy las gracias por tomarse su tiempo en contestarme. Un saludo
13/03/2023 19:09
Hola buenas tardes a todos quería comentarles mi caso por si me pueden aconsejar llevo 20 meses de baja laboral ya estoy a la espera de resolución del inSs para i.p pero sufro de tunel carpiano operada dos veces y he ido a peor completamente quería algún consejo como he leído que hay que denunciar a la mutua gracias de antemano
08/06/2023 20:24
Buenas tardes,tengo una discapacidad del 74% 9 años cotizados y me han aprobado una no contributiva de 484 eur, Ahora me están operando de dedos carpiano, tiene algún grado de discapacidad? Un saludo
08/06/2023 20:35
Buenas tardes,tengo una discapacidad del 74% 9 años cotizados y me han aprobado una no contributiva de 484 eur, Ahora me están operando de dedos carpiano, tiene algún grado de discapacidad? Un saludo
09/06/2023 00:33
Buenas noches,entro a darles mi opinión y esperiencia,como carnicera que fui hace años,ser carnicero no es nada de sencillo,y por lo tanto tienen que hacer no solo un cursillo, tienes que estar tiempo aprendiendo con un profesional, por supuesto que se dañan mucho las manos y muñecas,en mi opinión (aunque ahora me di cuenta que estos comentarios son de hace unos años)el problema de esta chica es enfermedad derivada del trabajo,y por ello se considera accidente laboral.Por operación de tuner carpiano dicen que es muy simple,pero tan simple no será cuando de cada persona que se opera ,por lo menos,(y lo voy a poner por lo bajo),la mitad quedan mal,eso por mi experiencia.En el tema de reclamar una indemnización por quedar mal ,es muy difícil demostrar que sea error del Médico, primero tendrías que tener pruebas anteriores a las operaciónes ,que demuestren que en la mano no tenía ningún problema dejenerativo anterior ,pero no imposible claro,.En el tema de indemnización por quedarse con una incapacidad permanente,por accidente laboral,tiene que mirar en su convenio,pero normalmente tienen que indemnizar te por esa lesión que te quedó de por vida, pero tienes ya mucho tiempo que te la dieron, esas cosas presquiven, imagino que será en la mano derecha o la que más utilizas, también eso cuenta,leí en los comentarios que alguien pensaba que el problema podía tenerlo Ella ,por no saber utilizar los cuchillos,hay muchas veces que no te vienen o no tienen contratado una Empresa,de servicio de afilación,(que normalmente se hace cada 15 días),te dejan los afilados y se llevan los que estás utilizando en esos momentos ,quien no trabajo así no sabe la fuerza que hay que hacer cuando no cortan bien y lo fuerte que tienes que pegar con la macheta para sacar los huesos(,más de ternera),la presión que tienes al ver los clientes que no puedes hacerle los filetes lo más rápido y finos como le gustan ,por lo tanto es culpa de esas lesiones de las Empresas,porque ya saben el servicio de prevención cual son las patología que te pueden producir cada puesto de trabajo en tu salud(para eso están).Tu medicación tiene que darla la mutua ,porque tienes que tomarlas desde que te quedó mal la mano,(y esto si os lo digo con certeza por la esperiencia de mi Marido,le dieron ,2 infartos en horario laboral,y su medicación se la dan siempre gratis su mutua,e incluso ahora cambiaron ,le dieron su expediente , pero siguen dandole las recetas Ellos), bueno espero que mi comentario les pueda ser útil,un saludo