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IPT y trabajo...¿comunicarlo al INSS?

20 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 20 comentarios
07/11/2020 17:20
Jrgr
Hola , imagino que en breve obtendré contestación , ya pondré aquí lo que me han dicho , cruzo dedos , gracias
07/11/2020 13:37
Oskitar73
Si es un centro como el que describes no creo que tengas problemas, ya que son los mismos ayuntamientos y comunidades quien los bonifican por contratar personas en tu situación.

Mucha suerte y ya nos cuentas qué tal te ha ido la cosa. Un saludo!
07/11/2020 12:41
Ok68
Gracias por la respuesta tan rápida , lo cierto es que ya he dado notificación al inss me comenta que lo han enviado al organismo competente el cual se encarga de decidir y que en breve recibiré una carta , tengo la incerteza de que me puedan revisar , he incluso quitar la pensión, pero lo cierto es que yo no estoy para trabajar en un trabajo ordinario , aunque mi situación , separado con 2 hijos y manutenciones con 648 de pensión absoluta , me obliga a buscar alternativa , gracias
07/11/2020 10:57
Oskitar73
Si , si es posible de hecho estos centros son los únicos con los que se puede trabajar con IPA.

Pero siempre antes consulta al INSS.
07/11/2020 08:24
Hola , tengo discapacidad absoluta por un trastorno de personalidad , llevo 6 años medicándome y visitando al psicólogo y medicándome con mi psiquiatra , cobro una pensión pequeña y me he separado , todo esto me lleva a plantearme la posibilidad de trabajar aunque no sé si lo podré llevar acabo por mi enfermedad , el caso es que he visto que existen centros especiales de empleo , donde todos los trabajares son incapacitado , y hay psicólogo y trabajador social , me han ofrecido un empleo barriendo y recogiendo residuos en l vía pública , mi pregunta es : es posible que pueda trabajar en un centro así y que pueda cobrar mi pensión absoluta , gracias
19/04/2020 13:59
Raulito22
Raul yo he trabajado en varias ocasiones en trabajos distintos a mi antigua profesión y no he tenido nunca problema alguno.

Siempre y cuando el trabajo a realizar no precise de esfuerzos físicos, dudo mucho que vayan a llamar para nada. Yo también estoy operado de artrodesis, en este caso lumbar.

Respecto al modo de comunicación a la SS yo siempre he ido personalmente, he rellenado un formulario que te dan y nada más. Eso si, deben darte copia sellada de este. Un saludo
18/04/2020 18:03
Jrgr
Si empiezo a trabajar teniendo reconocida una incapacidad permanente total para la profesion habitual para comunicárselo a la seguridad social puedo hacerlo vial Internet o tengo que ir en persona al inss
18/04/2020 18:00
carme2011
Hola, Carmen me llamo Raúl, tengo reconocida una incapacidad permanente total para la profesion habitual, Escayolista, desde el año 2009, tengo una artrodesis en pie izquierdo y operado del fémur derecho con acortamiento, en la resolución de la incapacidad me indican: Limitado para moderados/mínimos requerimientos de bipedestacion y/o deambulacion. Mi pregunta es la siguiente: ¿Para que no me perjudique la incapacidad tendría que trabajar en trabajos sentados, como administrativo y demas? Y si de administrativo es compatible dado que trabajo sentado me podrían llamar para revisarme la incapacidad si empiezo a trabajar incluso siendo compatible ambas cosas, ese es mi miedo tengo una incapacidad permanente por Escayolista y el pie lo tengo fijo con la artrodesis y no me puedo montar en andamios y digo aver si me pongo a trabajar de administrativo y me llaman para u a revisión y lo pierdo todo y encima con las secuelas que tengo no puedo desarrollar mi antigua profesión y me ha salido empleo de administrativo a 28 horas semanales y no lo he cojido por falta de información y miedo a perderlo todo.
Se lo pregunto a usted porque he visto una respuesta de usted en la web y veo que sabe mucho de esto, espero su contestación, muchísimas graciassss, saludos!!
24/07/2019 20:26
Pepeo
Si es así.m,adelante. Si además te ha contratado la empresa por minusvalia , dudo muchísimo que te llamen para nada. Ya nos contarás y mucha suerte.
24/07/2019 19:50
Jrgr
Hola, muchas gracia por tu contestación.
Evidentemente este nuevo trabajo no requiere de esfuerzos físicos el anterior trabajo si lo requería puesto que era realcionado con actividades deportivas y éste es más bien de tipo administrativo, por eso me estoy planteando cogerlo, es cierto que en mi resolución pone claramente que ademas de no poder realizar esfuerzos físicos no soporto la sedestación ligeramente prolongada por mi lesión de columna, y este trabajo es con ordenador, pero colocando el equipo en alto creo que no tendría problemas, de todas formas por eso quiero probar.
Pero mi duda es si por probar 1 mes o el tiempo que sea, pues directamente me llamen y me la quiten del tirón.
De todad formas, como he leido en anteriores mensajes, sé que la empresa me contrata por mi condición de minusvalia, y tengo claro que en cuento me la quiten o cualquier otro motivo me largarían sin más, como ha comentado una persona en este mismo foro.
En fin, yo realizaré las comunicaciones pertinentes al inss y probaré a ver.
Saludos.
24/07/2019 18:58
Pepeo
Buenas tardes. Los criterios del INSS sólo los saben ellos. Si estás jubilado de tu anterior oficio y el nuevo empleo no tiene nada que ver con tu anterior profesión, no deberías de tener ningún problema con el INSS.

Si el nuevo empleo te requiere de esfuerzos físicos, y tu no puedes realizarlos, deberías ser tu mismo el que no se fuera a tal trabajo.

Yo estoy jubilado igual que tú y ni me han llamado para revisión, ni me han llamado cuando he estado trabajando. Eso si, mis trabajos siempre han sido compatibles con mi incapacidad y siempre lo he comunicado al INSS, mi intención de ponerme a trabajar, con el correspondiente formulario que tienen para ello.

Un saludo.
24/07/2019 18:52
Jrgr
Buenas a todos, debido a la lesión de mi columna por desgracia he llegado a incurrir en una ipt, pero solo cobro la pensión mínina, y no me alcanza para vivir.
Me ha surgido la posibilidad de empezar un trabajo a jornada completa, cuyas funciones son completamente distintas a las que derivaron mi incapacidad.
Realmente no sé si por mi lesión podré aguantar una jornada completa de trabajo, pero commo me hace falta el dinero, necesito trabajar.
Aun me queda mucho tiempo para la revisión, puesto que solo llevo 5 meses de concesión de la ipt, mi consulta es si tras comunicar previamente al inss el inicio del trabajo, me llamen para revisión y por estar trabajando 1 o 2 meses a tiempo completo me quiten la pensión, o es mejor buscar algo de media jornada.
Es que no tengo ni idea los criterios que siguen en el inss, solo sé por experiencia propia que debes estar muriendote para que te concendan migajas, que me reitero no es mi deseo, pero mis lesiones han derivado en ello.
Veo tantas incongruencias como el caso de Juan José Cortes que con 5 hernias y depresión tenga la absoluta y trabaje de diputado sin problemas, y al otros que estamos igual o peor, se nos mida con otro rasero.
Perdón por la extensión.
Ojalá alguien pudiera contestar.
Gracias.
11/04/2019 15:42
Jrgr
Buenas: lo de la IPT por perdida de visión de un ojo sólo o también tienes parte del otro..Por que yo tengo perdida del ojo derecho un 85%.Podria pedir una IPT
10/04/2019 12:51
Kerubina34
Pues a saber...esta gente no tiene criterio alguno para llamar a revisar.
Yo llevo 5 años jubilado y no me han llamado absolutamente para nada.

Si tú lesión es irreversible, dudo muchísimo que lo vayan a hacer...
10/04/2019 12:46
Jrgr
Muchas gracias. No creo que lo coja pero si fuera asi que me podria pasar??
10/04/2019 12:40
Kerubina34
Buenos días Kerubina. Como bien comentas, el trabajo sigue siendo de enfermera y honestamente yo no lo cogería.

No sé cuáles eran tus funciones y cuáles son las nuevas, pero estas en el mismo gremio, por lo tanto no aceptaría el trabajo.

Otra cosa es que te vayas a trabajar de administrativa, peluquera, o que se yo, pero siempre y cuando no tenga nada que ver con tu antigua profesión.

Respecto a lo que comentas de si te llamarán por irte a trabajar; No.
Lo harán si creen que has mejorado y puedes irte a realizar las tareas de tu antiguo puesto, pero no porque te vayas a otra cosa que no requiera el uso de tu lesión.

Un saludo.
10/04/2019 12:33
Jrgr
Buenas tardes. En enero me dieron una ipt por pérdida de visión de un ojo. Yo trabajaba como enfermera en el área quirúrgica. Ayer me ofrecieron un contrato por minusvalía de enfermera escolar en un cole para dar charlas y vigilar desde el punto de vista sanitario a los alumnos. Las funciones del nuevo contrato no tienen absolutamente nada que ver con las que ejercía antes. Pero son de enfermera tambien. Hoy pregunté en el inss y me dicen que trabaje de lo que sea, pero que lo comunique y en el plazo de 3 0 6 meses o lo dan de paso o podrían revisar mi ipt. Mi pregunta es si lo cojo o no?? Porque las funciones no tienen nada que ver. Y si es verdad que te pueden retirar la pensión por revisión de ipt por ello. Muchísimas gracias
18/01/2017 21:53
Jrgr
Hola Carme. Lo primero agradecerte tus consejos, que como todos los que me dan, los cojo con mucha alegria.

Respecto a lo del INSS; A los dias de empezar, me presenté y le conte toda la historia a la chica del INSS, demostrándole incluso con un correo electrónico del SIL, que me habian dicho que no era necesario comunicarlo. Ella amablemente me explico, que es obligatorio hacerlo, tanto el alta como la baja y que no pasaba nada, que no me preocupara, ya que el trabajo nada tiene que ver con mi antiguo empleo y que habia hecho lo correcto yendo alli.

Tambien decir que la fecha de revisión de incapacidad fue el pasado 17 de diciembre y hasta hoy no ha habido llamada ni después de haber empezado a trabajar. Esperemos que siga así la cosa. Además yo sigo con mis tratamientos crónicos y para colmo me han diagnosticado mas patologías, con las que dudo que me envien a trabajar a mi antiguo empleo.

Respecto al trabajo, yo ya dejé muy claro mis condiciones y labores, para que no haya mal entendidos y se perfectamente que el dia que no les interese me darán puerta, haga lo que haga y por mucho que trabaje. Es algo que en este pais es habitual, aunque yo ya vengo de vuelta y no me pilla de susto.

Por lo demás se cuales son mis obligaciones, pero también mis derechos, asi que estando todo claro, no hay nada que temer.

Te agradezco de corazón tu comentario y espero que todo te vaya lo mejor posible amiga Carme. Un cordial saludo.
17/01/2017 06:20
Jrgr
Hola Jrgr:

Me imagino que te llega un poco tarde mi comentario, pero de todos modos te contesto.

El artículo 2.1 R.D. 1071/1984 de 23 de mayo dice esto:
,Artículo 2.- Comunicación del ejercicio de actividades
1. Los pensionistas de incapacidad permanente total para la profesión
habitual, absoluta y gran invalidez que simultaneen la percepción de su pensión
con la realización de cualquier trabajo, por cuenta ajena o propia, deberán
comunicar tal circunstancia a la Entidad gestora competente.
2. El incumplimiento de la obligación establecida en el número anterior dará
lugar a la imposición de las sanciones previstas en el número 1 del artículo 8
en relación con el artículo 7, número 1, letra b), ambos del Reglamento General
de Faltas y Sanciones del Régimen General de la Seguridad Social . Ello, con
independencia de la obligación de reintegro de los importes indebidamente
percibidos de la pensión, conforme a lo establecido por el artículo 56, número
1, de la Ley General de la Seguridad Social entiéndase, artículo 55.1 de la
LGSS 2015.

Eso que te han dicho, de que si la empresa lo ha comunicado debidamente, no hay problema, ejeje, no te quiero asustar, pero no me fio ni un pelo de las empresas, además si lo ha comunicado la empresa, ¿por qué no te han dado copia sellado por el inss de ese comunicado?

Yo que tu, lo comunicaría por tí mismo.

Yo en su día hice un escrito, diciendo yo Carmen., etc ,etc etc, reconocida con una incapacidad total para el puesto de trabajo habitual de por ejemplo camarera, le comunico que me han ofrecido ( o estoy trabajando ) de dependienta de comercio.

Le ruego me conteste si este nuevo puesto de trabajo, es compatible con mi pensión de incapacidad permanente Total.
(a mi siempre me contestaron diciéndome esto, resumidamente:

Que si la profesión es diferente a la que tenias cuando te concedieron la Total, no es incompatible con la pensión, pero que el INSS puede revisarte la Incapacidad aunque no haya pasado el plazo de revisión (artículo 200 real decreto 8/2015) Yo lo comuniqué en 2 ocasiones de que iba a trabajar en otra profesión y nunca me citaron para hacerme una revisión de la incapacidad, pero claro de eso hace muchos años y el país no estaba como está ahora, que no paran de recortar derechos por todas partes.

(si no me equivoco, ahora el INSS tiene un impreso para comunicar que vas a empezar a trabajar en otra profesión)

Yo en tu caso, si la empresa no te ha dado ningún documento sellado por el INSS en el que consta que han comunicado que vas a trabajar teniendo una pensión, yo que tu, lo comunicaría por tu cuenta, total no pierdes nada.(ahora eso si, mientras trabajes no faltes a las consultas de tus especialistas y si te pones malo a coger la baja y a ir a urgencias cada vez que haga falta, por si se les ocurre el INSS citarte para revisarte la incapacidad, porque como no te citen y no tengas ningún informe reciente ni de especialistas ni de urgencias,ni de nada, son capaces de decir que estás bien y que te quitan la incapacidad, menudos son estos del INSS y este gobierno)

Consejo que te doy, tu haz lo que dice la ley, no hagas caso de que uno no lo ha hecho,etc, etc , la ley dice que tienes que comunicarlo, pues lo comunicas y punto, porque te pueden sancionar quitandote 3 meses de tu pensión e incluso decir que has mejorado y te quitan la incapacidad, así que haz lo que dice la ley, comunicarlo.

Y otro consejo que te doy, a mi también me contrataron con la modalidad de minusválida, hasta el máximo de 3 años, para acogerse la empresa a las ayudas, lo que pasa que por un error del gestor, al pasar los 3 años, me tuvieron que hacer indefinida. Total que yo por no perder mi trabajo, mas de una vez me puse enferma pero como no quería perder el trabajo, iba a trabajar estando mala, y ¿sabes que pasó cuando se acabó ya no recibian bonificación pòr mí )que su hijos por orden del dueño, empezaron hacerme la vida imposible, amargarme la vida,insultos, vejaciones, etc todo porque querían contratar a un chico que era muy jóven y empezaría de nuevo a tener bonificación al contratar este chico. Así me agradecieron todos los esfuerzos que yo hice trabajando incluso estando enferma,
ASI QUE NO CREAS QUE VAS A ESTAR TODA TU VIDA EN ESA EMPRESA, OJALÁ ME EQUIVOQUE, PERO CASI TODOS LOS EMPRESARIOS SON ASÍ, UNOS PESETEROS, NO HAGAS LO QUE YO HICE, HACER HORAS QUE NI ME LAS PAGABA, LLAMARME EN MIS VACACIONES PARA IR AL TABAJO, PORQUE SE IBA EL HIJO DE VACACIONES, IR A TRABAJAR EN MI DÍA LIBRE, ETC, ETC, NI SE TE OCURRA PORQUE LUEGO NADIE TE LO VA A AGRADECER, AL REVÉS EN CUANTO ENCUENTREN A OTRO/A QUE LE DE ALGUNA BONIFICACIÓN, A TI TE DESPEDIRAN . POR CULPA DE TODO EL SUFRIMIENTO QUE ME HICIERON PASAR, ME PUSE MAS ENFERMA DE LO QUE ESTABA.

Saludos y suerte en todo.
19/12/2016 21:25
Jrgr
Nadie que haya pasado por una situación similar???. En el SIL me comentan que al ser diferente convenio y oficio no es necesario presentar nada.