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Ipt y jubilación

6 Comentarios
 
Ipt y jubilación
04/02/2019 16:46
La prestación de incapacidad permanente total al cumplir el interesado 65 años años cambia de denominación a pensión de jubilación. Si por el tiempo cotizado a la seguridad social corresponde jubilarse a los 66 años y 2 meses, se podrá optar a elegir la más beneficiosa o me tengo que quedad con la paga de ipt a los 65 años
04/02/2019 23:58
Aeneas
Cobrarás como ipt para siempre, no tendrás revisiones pero ya estarás "jubilado".
Un saludo
05/02/2019 20:25
Aeneas
Hola. Cuando llegues a los 66 años y 2 mesos podrás pedir la jubilación y cuando te contesten podrás elegir entre ambas pensiones Normalmente la jubilación queda más baja sobre todo si la incapacidad ha sido reconocida antes de los 60 años. No hay ningún problema en pedir la jubilación pues siempre se puede optar por la más beneficiosa.
Saludos
07/02/2019 10:04
Expertolaboral
¿Pero hay que hacer algún trámite al llegar a la edad de jubilación, o se convierte de manera automática en pensión de jubilación?
En mi caso, que también es a los 66 años y dos meses, me interesaría más el importe de la pensión de incapacidad permanente total.
Muchas gracias por su amabilidad.
09/02/2019 12:57
Bernardo
Hola. Si tienes muy claro que la incapacidad es más beneficiosa , no hay que hacer nada. Seguirás cobrando la incapacidad. Lo único que a partir de los 65 años, cuando comunica el INSS la revalorizaación pondrá Jubilacio´ón por incapacidad. Es sólo a efectos estadísticos para que en España no haya más incapacitados que jubilados. Pero la pensión sigue siendo la misma.
Si pidieses la jubilación , te contestarían indicando la cuantía de la jubliación y te concederían la opción entre ambas pensiones. Saludos
10/02/2019 00:56
Expertolaboral
Hola, creo que estás equivocado, en ningún caso puedes cobrar la pensión como jubilado si llegada la edad estás cobrando una IP.
Creo que sería interesante una nueva opinión.
Un saludo
10/02/2019 16:55
Jacobus
Hola.Si quieres salir de dudas puedes acudir al INSS y preguntar si una persona que tiene reconocida la incapacidad permanente por ejemplo, a los 61 años, y tiene cotizados más de 37 años, puede pedir la jubilación a los 65 años?. Te contestarán afirmativamente. Lo que ocurre es que, excepto en determinados casos, la pensión de incapacidad permanente es más beneficiosa.Ello no quiere decir que no se pueda pedir la jubilación si se reúnen los requisitos y después se hace la opción por la más beneficiosa.Espero que salgas de dudas.Saludos