hola ya he comentado con anterioridad que en mi caso si me conceden una IPT tengo derecho a la imdemnizacion del seguro de miempresa y creo no lo se que no la tienes que declarar,pero he leido en otro sitio que una persona cobro una imdemnizacio de este tipo y le descontaros el correspondiente IRPF,esto es asi o no,es que no entiendo que si no tienes que declararla te tengan que descontar esto,aunque claro esta yo no lo se,haber si alguien me saca de dudas,gracias
cobré una indemnización de ese tipo en el año 2009, y a dia de hoy no me ha reclamado nada hacienda.
Otros casos que conozco, tampoco .
No sé, imagino que dependerá de la naturaleza de la indemnización (o la cantidad).
Hasta aquí te puedo ayudar.
saludetes.
gracias a mi es lo que me dijo mi abogado pero al ver un comentario de un compañero de otro foro me entro la duda ya que el dice que si se la reclamo hacienda,gracias
Si la indemnizacion es de un seguro de empresa establecido en convenio ni tributa ni retienen
Si la indemnización es de un seguro privado te retienen y tributa.