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Ipt e it.

1 Comentarios
 
17/10/2021 12:16
Hola. Pueden pasar 3 situaciones, tras agotar losd 18 meses de baja:
1) que te denieguen la incapacidad permanente para la nueva profesión en la ONCE y tras la resolución del INSS, deberías reincorporate inmediatemente a tu puesto de trabajo y disfrutar las vacaciones de los años no disfrutados.
2) que el INSS te reconozaca una nueva incapacidad permanente total para tu nueva profesión ( lo cual suele ocurrir muy pocas veces) . En este caso eL INSS te solicitaría la opción por una de las 2 pensiones de IP total.
3) que el INSS te reconociera una IP absoluta. En ese caso habría que mirar si la base reguladora de la primera IP total es más beneficiosa que la base reguladora de la actual incapacidad permanente actual. Si fuera así se podría solicitar la base reguladora de la primera incapacidad como revisión de la misma.
Saludos
Ipt e it.
15/10/2021 23:21
Hola , soy pensionista con una ipt, desde hace años, trabajando en la once he tenido una It de enfermedad común, si se cumplieran los 18 meses en esta It. Qué pasaría? Se anularía y quedaría la original ipt, o me harían una IPA(incapacidad permanente absoluta)? Gracias.