La normativa reguladora, en este caso una Ordenanza Fiscal, sólo habla de IPREM, pero no especifica nada más.
Debemos coger entonces el IPREM en 14 pagas, no?
Depende de lo que diga literalmente la normativa reguladora de esas ayudas. Si se refiere al IPREM anual sin más especificaciones, hay que aplicar el IPREM en 14 pagas. Si se refiere al IPREM anual excluidas pagas extraordinarias, se aplica el IPREM de 12 pagas.
hola a tod@s,
en el Ayuntamiento en el que trabajo concedemos determinadas subvenciones a los ciudadanos, en función de sus ingresos. Cuando nos presentan la declaración del IRPF, la confrontamos con el IPREM para determinar si pueden ser ó no beneficiarios de las ayudas, mi pregunta es:
¿sobre que cantidad del IPREM hay que confrontar ese IRPF, con la de 12 pagas ó con la de 14 pagas?
Muuuuchas gracias por anticipado!!