Hola a todos, tengo una duda que es la siguiente, en julio de 1997 me concedieron una IPP, por accidente laboral (agresión física), que me produjo unas secuelas tanto físicas como psíquicas, fui indemnizado por la mutua con las 24 mensualidades de la base reguladora y me reincorpore al trabajo con un puesto alternativo ya que así lo obliga el convenio colectivo de mi empresa, pero manteniendo mi categoría profesional de origen (en nomina), actualmente estoy de baja por una de las varias recaídas que he tenido, el ICAM (instituto catalán de evaluaciones medicas) me ha revisado la IT, y tengo que volver después de unas valoraciones medicas que ellos han solicitado, tengo algunas dudas;
1ª ¿Es posible que me reconociesen otra IPP, ya que las tareas que desempeño no son las mismas por la cual me dieron 1997 la IPP, aunque mantengo mi categoría de origen(en nomina), en caso de ser posible volverían a pagarme 24 mensualidades de la base reguladora?
2ª ¿Actualmente la IT es por contingencias comunes (enfermedad común), pero creo que se podría considerar como una recaída del accidente laboral que tuve, en este caso como proceder, existe algún plazo de tiempo en el que la mutua de accidentes laborales se pueda desentender por recaída.
Gracias por leer este mensaje, os estaría muy agradecido si alguien me contesta.