Hola, quería que alguien me ayudara con lo siguiente: Estoy divorciado desde Marzo del 2006 y el convenio marca que debo aplicar el IPC los 1 de enero, ¿Tengo que aplicárselo ya el 1 de enero del 2007 ó a partir de marzo que es cuendo hace el año y los años sigientes si el 1 de enero? ¿Y que IPC se aplica? ¿El de diciembre con el que se cerró el año anterior ó el previsto para el 2007?
Espero que podais ayudarme, gracias y un saludo.