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IPC sobre la fianza?

1 Comentarios
 
perfil Jan
16/10/2008 16:02
Hola Martasa. Voy a responder a sus preguntas por orden de aparición:

1)" ¿tengo que firmar un nuevo contrato o ya esta prorrogado por pasar el año?.El art. 9.2 establece que se entenderán celebrados por un año los arrendamientos para los que no se haya estipulado plazo de duración o éste sea indeterminado, sin perjuicio del derecho de prórroga anual para el arrendatario."

NO tiene que celebrar un nuevo contrato ya que el que tiene ya se ha prorrogado AUTOMÁTICAMENTE en base al precepto que usted indica.

2)"Por otro lado, el arrendador me ha subido el IPC de las rentas contando desde agosto del 2008 y me ha actualizado la fianza tambien en función del IPC. ¿Puede hacer esto último?, en el contrato sólo figuraba la revisión del IPC de la rentas mensuales y no decía nada de la fianza."

Hay que que distinguir 2 cuestiones:

a) La actualización del IPC que ha realizado su arrendador es ERRÓNEA. Al ser la PRIMERA ACTUALIZACIÓN el IPC que se debe tomar como base es el del ÚLTIMO IPC PUBLICADO EN LA FECHA DE CELEBRACIÓN del contrato(Junio o Julio de 2007). Debe comunicar este hecho a su arrendador.

b) Su arrendador NO puede actualizarle la fianza HASTA QUE NO HAYAN transcurrido 5 años del contrato. Por lo tanto, debe exigirle que le devuelva ese aumento.

3)"Ademas cobra 0, 15 de luz por paso y el motivo lo ignoro."

Yo también ignoro el porqué le cobra esa cantidad.

Reciba un cordial saludo.

Ipc sobre la fianza?
15/10/2008 13:29
Firme un contrato de arrendamiento en agosto de 2007 y no se si el contrato se tiene que renovar de nuevo ya que no se ha estipulado en el contrato plazo de duración pero si se especifica que el contrato se prorrogará al menos en 5 años. ¿tengo que firmar un nuevo contrato o ya esta prorrogado por pasar el año?.El art. 9.2 establece que se entenderán celebrados por un año los arrendamientos para los que no se haya estipulado plazo de duración o éste sea indeterminado, sin perjuicio del derecho de prórroga anual para el arrendatario.
Por otro lado, el arrendador me ha subido el IPC de las rentas contando desde agosto del 2008 y me ha actualizado la fianza tambien en función del IPC. ¿Puede hacer esto último?, en el contrato sólo figuraba la revisión del IPC de la rentas mensuales y no decía nada de la fianza. (La fianza no la ha depositado en la Junta de Andalucía, según tengo entendido por su asesoría). Y según el art. 36 de la LAU durante los cinco primeros años de la duración del contrato, la fianza no estará sujeta a actualización.
Ademas cobra 0, 15 de luz por paso y el motivo lo ignoro.
Es legal lo que está haciendo o me esta timando?