Buenos días a todos,
mis abuelos tienen un piso alquilado, desde el año 1969, y nunca han actualizado la renta. He mirado la Lau para ver las actualizaciones, pero me parecen un lio....¿alguien me podría explicar como se hace y si estoy todavía a tiempo de actualizarla?
Gracias por todo
El procedimiento para actualizar la renta para contratos anteriores al 9 de mayo de
1985 es el siguiente:
• El arrendador notifica al arrendatario su intención de actualizar la renta y le
solicita los datos oportunos (declaración de la renta u otros documentos que prueben
sus ingresos) para proceder al cálculo de la renta aplicable.
• Teniendo en cuenta los datos remitidos por el inquilino, el arrendador calcula
la renta actualizada y se la comunica al inquilino de forma fehaciente, incluyendo
los datos del BOE (índices) en los que se ha basado. Para que la comunicación sea
fehaciente tiene que quedar constancia del contenido y de que el inquilino la ha
recibido. Esta comunicación debe ajustarse aproximadamente al modelo que presentamos
a continuación.
• Finalmente, el arrendador procede a la actualización, contando a partir de la fecha
en que tenía derecho a subir la renta.
Depende de los ingresos de tus abuelos se realizaria la subida, actualmente no se actualiza para evitar que el dueño quiera echarlos por no estar actualizada la renta, le solicitaria por escrito al menos del pago de ipc,es decir, la subida de la renta anualmente con el incremento del ipc, asi como, todos los recibos susceptibles de individualizacion, incluido la contribucion porque en los alquileres antiguos es obligatorio el pago de este impuesto ,no asi en los contratos nuevos, tambien exite la posibilidad de hacer un contrato nuevo, pero el antiguo es indefinido y el nuevo cada cinco años hay que renovarlo.
espero haberte aclarado algo el tema.saludos
Muchisimas gracias por tu ayuda.... pero por lo que entiendo, recomiendas dejarnos de líos y no actualizar la renta más que con el IPC, no?
Mis abuelos contrataron a una persona en el 2005, que fue actualizando la renta cada año, pero no llevó a cabo la regularización prevista en la LAU. ¿sabes si es posible entonces recalcular dicha actualización?
Actualiza ya,hazlo atraves de un asesor o abogado,creo que primero hay que notificarlo y luego el inquilino puede negarse,es un tema complejo pero si lo lleva personal competente tendra solucion pronto.
Si no paga el IBI o se niega tambien se le puede reclamar,yo no lo dudaria.
suerte
te adjunto de este foro esto que he encontrado:
"si se envía actualización y repercusión de IBI... etc, y el arrendatario se negase, sería causa de resolución "
Aún estas en plazo para poder exigir la actualización de la renta, de forma progresiva, de acuerdo a las reglas de la Disp. transt. Segunda LAU 1994.Sin embargo, NO todos los contratos son actualizables. Mírate bien las reglas y los requisitos.
Los contratos cuya renta NO puede ser actualizada conforme a las reglas y baremos de la mencionada Disposición, se actualizarán conforme al IPC. En este sentido es muy importante el art 101 y 106 de la LAU 1964.Leelos.
En cuanto al IBI el problema estriba en los años que se pueden repercutir. Si lo repercutes correctamente y los arrendatarios NO pagan puedes instar demanda de resolución de contrato.(desde enero de 2007 es causa de resolución el impago del IBI según el Tribunal Supremo). Lo mismo ocurre si NO pagan la actualización de la renta conforme al IPC o a las reglas de la Disp.Trans Segunda LAU 1994.
Este es un tema complejo por lo que te aconsjejo que, antes de hacer nada, estudies toda la legislación y la Jurisprudencia.Si después estudiar ambas tienes dudas intentaré resolvértelas.