El salario mensual que percibes en situación de IT, es una Prestación Social reconocida por la Seguridad Social, y dicha prestación se paga de acuerdo con la base reguladora tuya el mes anterior a la baja en caso de trabajar a tiempo completo, o la suma de las tres bases reguladoras anteriores al hecho causante, en caso de trabajadora a tiempo parcial, por lo tanto hasta que no te reincorpores a trabajar a la empresa y normalices tu situación en cuestión de salarios. no te aplicaran el IPC correspondiente a 2003.