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IPC Equivocado

5 Comentarios
 
perfil Jan
17/10/2008 14:47
Hola Martasa. Le pido disculpas por el error, ya que en lugar de Agosto puse Septiembre.

Por lo tanto, donde dije "El IPC NO se publica en el mes en curso, sino a mediados del mes siguiente.Vg el IPC de Octubre de 2008 NO se conocerá hasta aproximádamente el día 15 de Noviembre de 2008. Esta es la razón de que en mi anterior post le dijera que el IPC que DEBE SER TOMADO COMO BASE sería el de JUNIO O JULIO, ya que la fecha de su contrato es 9 de SEPTIEMBRE." QUISE DECIR: "El IPC NO se publica en el mes en curso, sino a mediados del mes siguiente.Vg el IPC de Octubre de 2008 NO se conocerá hasta aproximádamente el día 15 de Noviembre de 2008. Esta es la razón de que en mi anterior post le dijera que el IPC que DEBE SER TOMADO COMO BASE sería el de JUNIO O JULIO, ya que la fecha de su contrato es 9 de AGOSTO".

Reciba un cordial saludo.
17/10/2008 14:38
ha mencionado que mi contrato es de 9 de septiembre y creo que se ha equivocado o yo he entendodo mal.Lo celebre el 9 agosto.

El IPC NO se publica en el mes en curso, sino a mediados del mes siguiente.Vg el IPC de Octubre de 2008 NO se conocerá hasta aproximádamente el día 15 de Noviembre de 2008. Esta es la razón de que en mi anterior post le dijera que el IPC que DEBE SER TOMADO COMO BASE sería el de JUNIO O JULIO, ya que la fecha de su contrato es 9 de SEPTIEMBRE.
perfil Jan
17/10/2008 13:45
Hola Martasa. En este post voy a pegar las preguntas que usted formuló en otro hilo.

Autor: Jan Fecha: 16/10/2008


Hola Martasa. Voy a responder a sus preguntas por orden de aparición:

1)" ¿tengo que firmar un nuevo contrato o ya esta prorrogado por pasar el año?.El art. 9.2 establece que se entenderán celebrados por un año los arrendamientos para los que no se haya estipulado plazo de duración o éste sea indeterminado, sin perjuicio del derecho de prórroga anual para el arrendatario."

NO tiene que celebrar un nuevo contrato ya que el que tiene ya se ha prorrogado AUTOMÁTICAMENTE en base al precepto que usted indica.

ESTA RESPUESTA NO VARÍA CON LOS NUEVOS DATOS QUE USTED HA APORTADO

2)"Por otro lado, el arrendador me ha subido el IPC de las rentas contando desde agosto del 2008 y me ha actualizado la fianza tambien en función del IPC. ¿Puede hacer esto último?, en el contrato sólo figuraba la revisión del IPC de la rentas mensuales y no decía nada de la fianza."

Hay que que distinguir 2 cuestiones:

a) La actualización del IPC que ha realizado su arrendador es ERRÓNEA. Al ser la PRIMERA ACTUALIZACIÓN el IPC que se debe tomar como base es el del ÚLTIMO IPC PUBLICADO EN LA FECHA DE CELEBRACIÓN del contrato(Junio o Julio de 2007). Debe comunicar este hecho a su arrendador.

Así el PERIODO DE ACTUALIZACIÓN abarcaría bien de JUNIO DE 2007 A JUNIO DE 2008, O BIEN DE JULIO DE 2007 A JULIO DE 2008.

El IPC NO se publica en el mes en curso, sino a mediados del mes siguiente.Vg el IPC de Octubre de 2008 NO se conocerá hasta aproximádamente el día 15 de Noviembre de 2008. Esta es la razón de que en mi anterior post le dijera que el IPC que DEBE SER TOMADO COMO BASE sería el de JUNIO O JULIO, ya que la fecha de su contrato es 9 de SEPTIEMBRE.

Dice usted que si aplica el IPC correcto la subida será mayor y que esto la perjudica. Es cierto, pero también es cierto que si su arrendador se diera cuenta del error podría reclamárselo posteriormente y eso sería una fuente de conflicto.

b) Su arrendador NO puede actualizarle la fianza HASTA QUE NO HAYAN transcurrido 5 años del contrato. Por lo tanto, debe exigirle que le devuelva ese aumento.

ESTA RESPUESTA NO VARÍA CON LOS NUEVOS DATOS QUE USTED HA APORTADO


3)"Ademas cobra 0, 15 de luz por paso y el motivo lo ignoro."

Yo también ignoro el porqué le cobra esa cantidad.

ESTA RESPUESTA NO VARÍA CON LOS NUEVOS DATOS QUE USTED HA APORTADO

Reciba un cordial saludo.
17/10/2008 09:08
ah! lo del ipc por que haces mención al mes de junio? el mes anterior a la celebración del contrato es julio (el contrato se celebro en agosto) Es que me dices ¿JUNIO? o julio y no entiendo por que.
17/10/2008 08:50
He estado mirando el ipc de junio y julio y es superior al que me estipula en el contato ya que tomó como referencia el ipc de agosto. Debería comentarselo, aunque salga yo mal parada con la subida?
Ipc equivocado
17/10/2008 08:41
Perdón, me equivoqué en mi mensaje anterior al decir que el contrato no tenía plazo de duración. En el contrato se establece el arrendamiento por espacio temporal de UN AÑO a partir de la fecha del contrato (9 de agosto 2007).
1. El arrendador no me ha llamado para formalizar de nuevo el contrato y ha pasado ya tres meses desde que se cumplió. Se prorroga automáticamente? O debo llamarle yo para que me haga el nuevo contrato?
2. Puede hacer variaciones en el contrato?¿sólo lo del ipc no?
3. No he entendido bien esto que me respondes : “La actualización del IPC que ha realizado su arrendador es ERRÓNEA. Al ser la PRIMERA ACTUALIZACIÓN el IPC que se debe tomar como base es el del ÚLTIMO IPC PUBLICADO EN LA FECHA DE CELEBRACIÓN del contrato(Junio o Julio de 2007). Debe comunicar este hecho a su arrendador.”
¿Por que dice julio o junio de 2007? Pensé que seria conforme al ipc de 2008 de AGOSTO. Por favor aclarame esto porque le quiero llamar y no quiero dejar nada en el tintero.

4.¿Subirme el ipc de la fianza, entonces no lo puede hacer? (te lo vuelvo a preguntar por si varía la contestación que me diste anteriormente ya que te dije que no había plazo de duración en el contrato).


5.Lo de la luz creo que es un cachondeo, establecer 0,15 como una cuantia fija en el contrato, ¿es lógico?
Gracias y espero no haberle liado con tantas preguntas.