Tengo una amiga que tiene 55 años y le han reconocido mediante sentencia judicial la absoluta. Hace unos 8 meses que cobra y me comenta que su empresa le guarda el puesto de trabajo 2 años. Ella era administrativa, funcionaria. La absoluta se la han concedido princip. por depresión grave sin mejoria, fibromialgia, etc. Saben si se la pueden revisar o si acontumbra el inss a revisarla? Ella es f.monoparental y vive con su hijo de 13 años, le da miedo que le revisen la invalidez y le puedan quitar la pensión y se quede sin pensión ni trabajo si pasan esos 2 años. Tanto es asi que se está planteando pedir el alta laboral. Podeis decirme que opinais de todo esto?
Aconsejar en estos casos es dificil... o fácil.. depende de como se mire...
Esto no lo puede decidir nadie más q un@ mism@.
Si la ha ganado y el Inns no ha hecho recurso ya tiene mucho a su favor.
Por otra parte eso de la revisión a los 2 años acostumbran a ponerlo pero eso no quiere decir q lo hagan.
A mi me ponía revisión al año y ya han pasado 8 y no me han llamado.
Creo q lo peor q puede hacer es pedir el Alta. Las Absolutas no las conceden facilmente...
Ánimo!!! Q no viva atemorizada... los 2 primeros años... que tenga los informes actualizados por si acaso la llaman... q personalmente no creo q lo hagan. Una vez transcurridos los 2 primeros años... pues nada... que intente vivir lo mejor q pueda cuidando de su hijo..... Una IPA por depresión te puede hacer tomar una mala decisión... No puede vivir con miedo a que la llamen... eso solo no te deja vivir.
Supongo q sigue con tratamiento y lo seguirá de por vida... la Psiquatra tbn tiene algo q decir sobre el tema... No es tan fácil eso de: me pido el Alta...
Si estuvieramos hablando de otra patología pensariamos q no esta tan mal cuando se plantea q puede trabajar.
Lamentablemente estamos hablando de Depresión y en estos casos no se esta en facultades de tomar estas decisiones tan importantes... Precisamente por eso le han dado la IPA.
Suerte y Ánimo!!!
Diangidi,
el inss le denegó la invalidez, su abogado hizo recurso y solicitó una IA, via judicial le reconocieron la inv.PT, su abogado recurrió al TSJ y lo ganó. Su abogado le dijo que la llamarían a revisión, el inss y que podría ser en 2 años o incluso hasta la fecha de jubilación. Eso la tiene preocupada . Ella no está para trabajar, aunque piensa que a lo mejor en 2 años se pueda recuperar. Sí, está hace unos 2 años en tratamiento. Que te parece todo?
Gracias!!!!
Vamos a ver...
Todas las Incapacidades son revisables hasta la Jubilación... eso no quiere decir q te llamen.
por otra parte ...creo q no hay peor patología q la depresión para tener q tomar decisiones...
Nadie le puede asegurar q le llamen ni tampoco q no le llamen.
Lo q debe hacer es cuidarse... y tener los informes actualizados para cuando haga los 2 años... una vez haya transcurrido este periodo q lo olvide.. q se cuide todo lo que pueda y no piense en q la llamarán ni dejarán de llamarla.
Solo q le este dando vueltas al tema ya la pone más enferma... y no sale del circulo vicioso de darle vueltas y más vueltas a las cosas ... y esto para una depresión es un sin vivir.
La vida son 2 días y uno y medio ya han pasado....q se olvide del Inns y de los Inspectores y procure estar medianamente bien para poder atender lo mejor posible a su circulo más intimo.
Si algún día la/nos llaman... pues volveremos a presentrar los informes q hagan falta para demostrarles q estamos igual o peor..
Y no se me ocurre decirle nada más.
Ánimo !!!!!
Vamos a ver....
El Abogado no hizo otra cosa que informarle.
Todas las Incapacidades son revisables hasta la edad de jubilación... Este caso no es excepcional y solo lo tiene ella.
Nada de nada. Todassss son revisables.
No hay cosa peor q tener que decidir una cosa importante des de una Depresión.
Si fuera un familiar mio ..intentaría quitarselo de la cabeza
Ella comenta que la empresa le guarda el puesto de trabajo por 2 años, me dice que los 2 años vencen en julio del 2017. Le dicen que le haran la revisión antes de esa fecha, sabes si es así? . Mi amiga hasta hace un par de años llevaba una vida laboral mas o menos activa y normalizada, con alguna baja de vez en cuando y fué coger la depresión y caer en picado. Pero ella aún piensa que quizás hasta julio 2017 aún se pueda recuperar y volver a la vida laboral. En fín... hoy por hoy no es el caso ni de lejos y ya veremos que pasará.
Me contestas a la pregunta que te hago. Muchas gracias por todo!!!
Me pides q te responda a la pregunta q me haces..
Creo q ha quedado respondida.
Nadie te puede asegurar que la llamen ni q no la llamen.
Por eso se insiste en q al cum plir los 2 años.. es conveniente tener los informes a punto por si acaso....
Pasados los 2 años no es normal q te llamen pero hay q tener en cuenta q todas las Incapacidades son revisables hasta la edad de Jubilación.
Pero esto no quiere decir q la llamen... y no puede vivir pendiente de que la llamen pq sería un sin vivir..
Suerte!!
Gracias Diangidi.
Me refiero a la pregunta de que empezó a cobrar la IPT en julio del 2015 . Te digo si es verdad que la empresa está obligada a guardarle su puesto de trabajo 2 años, es desde esa fecha? de la que empezó a cobrar la pension? son esos 2 años?. Osea hasta julio del 2017? Es así?
Ya no te molesto más Diangidi y mil gracias.
Ella va machacando con esas cosas y se obsesiona y se preocupa mucho por esos temas. Me los traslada a mi para asesorarme. Lo dicho gracias !!!!
Desconozco si se mantienen los 2 años de reserva del puesto de trabajo.
Yo diría q son temas diferentes..
La reserva la tiene q explicitar la resolución. Si no dice nada en la resolución no hay reserva.
Si la q pone reserva es la del 2015 y no tiene nada q ver son la ganada en juicio... pues nada... mis pocos conociemientos me dicen q no tiene reserva.
De todas maneras... quien le puede responder mejor es el Abogado q le ha ganado el juicio.
Si es Funcionaria, aunque pasen 10 años, si le revisaran la incapacidad y se la quitasen, ella puede solicitar la rehabilitacion como Funcionaria...
Esto viene recogido en el Estatuto Basico del Empleo Publico. ( articulo 68 69 si mal no recuerdo-perdida de la condicion de funcionario-)
Pituboy,
Me dice mi amiga q ella no es funcionaria sinó contratada laboral ( fija ), lleva 30 años cotizados. Es administrativa de la generalitat, no sé si será la misma norma para ella, lo sabes? o donde nos podrian dar esa información?
Muchas gracias por tu información!
Laural,
Eso lo sabes seguro? A mi amiga le han dado una IPA por via judicial ( pensión absoluta ), el INSS siempré recurrió pero no ganó los recursos. A ella la empresa no la despidió sinó que el inss le reconoce una invalidez, aún así la empresa puede indemnizarla como si se tratara de un despido?, algún abogado del foro puede aclarárnoslo?
Muchas gracias a todos. Laural gracias por tu información!!!
Ahhhhh Laural, perdona te entendí mal, veo que tú lo q haces es una pregunta y no una afirmación .
Leí mal tu mensaje. Pues yo lo desconozco pero dudo q así sea.