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Invitados del inquilino

3 Comentarios
 
04/02/2020 13:27
diego12
Estoy totalemente de acuerdo con el comentario de Holpon.
04/02/2020 10:27
diego12
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon.
03/02/2020 20:03
diego12
No puede prohibirle que reciba a un invitado ocasional, ya que el arrendamiento de vivienda, siquiera sea parcial (habitación) implica que se pueda hacer uso de todo lo que uno espera de una vivienda, lo que a mi juicio incluye el tener algún visitante, como parte normal de una vida social corriente.

Pero no obstante lo anterior, si que puede resolver el contrato de alquiler por subarriendo o cesión inconsentida si el inquilino abusa de concepto de "invitado".

No es necesario que el actor "pruebe de una manera circunstanciada y precisa las condiciones de esa introducción" (STS. 25-l-1988, pero si debe probar al menos la existencia del visitante) ya que existe "presunción de cesión o subarriendo ilegales" (S.T.S. 14-6-1974) y la justificación del título por el que se introduce a un tercero en el uso del arrendamiento "debe justificarse por quien lo invoque", y se invierte la carga de la prueba, es decir, que es el inquilino quien debe demostrar que la visita es ocasional, por ejemplo acreditando que el invitado trabaja muy lejos, o que está empadronado en otro sitio.

Ponga en el contrato que se prohíbe el subarriendo o cesión incluso parcial del inmueble arrendado, pero asuma que si el inquilino lo deseatendrá que soportar estancias de uno o varios días.
Invitados del inquilino
03/02/2020 16:45
Saludos, soy el propietario de un piso y querría alquilar una habitación (con derecho a zonas comunes) a una persona para así convivir los dos.

Por lo que me han dicho es ILEGAL impedir la entrada de invitados suyos a la habitación. No puedo limitar de ninguna manera que traiga a quien quiera siempre y cuando duerma en su habitación.

¿Es esto cierto? ¿No puedo poner por contrato que no quiero que traiga a nadie?