Sabeis si se puede pedir una investigacion en una administracion publica por que un funcionario se niega a trabajar con un señor de una empresa privada, con intencion de que se carguen a este señor en su empresa. Esta haciendo mobbing y creo que deberia ser multado. Los testigos de alrededor hablan entre ellos de intento de desprestigio a este señor pero seria dificil que testificaran ya que les tienen que soportar y podrian ir contra ellos. Por eso con una investigacion se solucionaria el meter a personas por medio.
Un saludo
Vamos a ver, mlolaz42, que no entiendo bien el supuesto.
Un funcionario trabaja en una Administración Pública. Ésta contrata con una empresa privada para la realización de unos servicios o prestaciones. El funcionario se niega a trabajar con esa empresa privada? El funcionario es quién, es decir, tiene competencia para decidir con qué empresa privada se trabaja o no? Cuando dice que se niega a trabajar con un señor en su empresa, no le he entendido bien. No trabaja en una Administración Pública esta funcionario? Puede explicarlo mejor. Muchas gracias.
Si, perdone.
Un funcionario de la administracion de obras publicas se niega a trabajar con un trabajador de una empresa privada, habla con personas de la empresa para que le quiten de ese puesto. Y en la empresa le quitan pero no le echan, despues de unos años vuelve a hablar este funcionario para decir que sigue sin quererlo en otra obra que el lleva. Es eso legal? Hay personas que le dijeron que el funcionario intento desprestigiarle con calumnias, pero no pudo por tener el funcionario una reputacion bastante por los suelos y el trabajador de la empresa privada buena fama.
Espero haberme expresado mejor.
Yo aquí no veo un asunto penal, salvo en lo de las calumnias, que me imagino que cuando usted habla de calumnias, en realidad lo que quiere decir son injurias.
A ver, el problema lo tiene el trabajador con su empresa, que le está quitando de un puesto que le correspondería (me da igual si por el funcionario éste, si por otra circunstancia).
Pienso entonces que el trabajador tendría que solucionar el problema con sus jefes, para que éstos no le aparten de su puesto de trabajo. Supongo que si la sangre llegara al río, la demanda tendría que presentarla el trabajador contra su propia empresa. No sé hasta qué punto al trabajador le conviene esto.
Lo cierto y verdad es que este funcionario no le ha puesto a los jefes una pistola en el cuello para que prescindan de este trabajador en estas obras, con lo cual ... no veo tintes penales.
Otra cosa son las injurias, o calumnias, si se habla de la imputación de delitos.
La empresa le tenia a este señor en ese puesto y funcionaba correctamente, quiere decirme entonces que un funcionario puede hacer lo que quiera?, la empresa por desgracia esta a merced de el funcionario y no se puede hacer nada contra el? el es que le ha retirado de su puesto de trabajo al empleado, ¿no esta abusando de su cargo como funcionario? no se puede ir contra la empresa porque no es una decision de su jefe es una decision del funcionario, se cree que no le conviene.
Estimada maicavasco: Le voy a poner un ejemplo, imagine que ud. va a una ventanilla de una administracion publica para hacer unos trabajos de su empresa y el funcionario o la persona que esta en esa ventanilla decide que a ud. no le atiende, le parece correcto?, no le parece que esa persona esta para atender al público? no le parece que no puede discriminar a nadie simplemente por que le caiga mal por ejemplo? imagine que ud. vuelve a su empresa y le comenta a su jefe que el de tal ventanilla no le atiende y tiene que enviar a otra persona lo normal de su jefe será enviar a otro para no tener problemas pero no es lo logico. No sé me parece ¿no? Insisto hay empresas que estan a merced del funcionariado y somos todos los españoles los que estamos pagando nuestros impuestos?
Un saludo
Vamos a ver. Coacciones no puede ser. Porque coaccion es el que sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto. No sería exactamente el caso.
Sí podría intentar la denuncia contra el funcionario por vejanción injusta (artículo 620.2 del CP). Este artículo sanciona a los que causen a otro una vejación injusta de carácter leve. Se requiere por tanto para integrar el tipo: a) la realidad de una conducta vejatoria, y b) que la misma a la vez sea injusta y de carácter leve. Ciertamente, entendemos por el concepto de vejación toda acción dirigida a vejar, es decir, maltratar, zaherir o molestar a una persona, haciendo que se sienta humillada.
La vejación injusta que sanciona este precepto consiste no sólo en palabras o gestos dirigidos al prójimo con intención de humillarle, sino en cualquier conducta dirigida a molestar o denigrar a un semejante sin justificación alguna, creándole un malestar, desasosiego o perturbándole en su cotidiano vivir sin razón alguna.
Espero que esta información le ayude. Si necesita sentencias o más documentación, pedir. Un saludo.