Salvo que se trate de empresas o sociedades concesionarias, contratistas de obras, servicios o suministros, arrendatarias o administradoras de monopolios, o con participación o aval del sector público, y que sea tal cantidad de acciones que puedas llegar a tener cierto control sobre la empresa (en la Ley se cifra en un 10% del capital)
Lo que no entiendo es como después de la bajada de sueldos aun sobra para jugar a la ruleta de la bolsa...
Tengo una cuestión a ver si podéis resolvérmela :¿ puede un funcionario publico invertir su patrimonio personal comprando acciones en la bolsa de valores o lo tienen prohibio por leý?¿podría ser incompatible?