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Invasión propiedad.

13 Comentarios
 
26/10/2006 09:47
El perito debe poner en su informe, las dimensiones según titulo o seguún catastro?

Gracias.
24/10/2006 17:35
Muchas gracias a todos por la ayuda.

Se me plantea un problema añadido ya que en el registro porpiedad consta unas dimensiones de la finca, en catastro otras y las reales otras, entonces cuales prevalecen??
Muchas gracias
24/10/2006 16:55
Pues que delimite claramente los lindes de las fincas y que diga expresamente, al final, en la conclusión, por lo menos así son los que me han hecho a mi, que la vaya se encuentra por encima del linde, a 15 cm del linde o lo que sea...
24/10/2006 13:29
Me podríais decir a rasgos muy generales que puntos clave debe incluir el perito en su informe que aportaremos con la demanda?
Es el primer juicio de invasión de propiedad de finca rustica que llevo y ando un tanto perdida.
Muchas gracias
18/10/2006 12:19
No se si eso estara reconocido en las atribuciones profesionales de los peritos topografos.
Pregunta en el Colegio Oficial de Topografos, si ellos "visarian" el trabajo y el informe firmado por un topografo.
Si te dicen que si, tendria todo el valor.
Si te dicen que no, tendras que acudir a otro tecnico.
17/10/2006 18:46
Hola de nuevo. Creo que en el mensaje anterior no me he explicado con claridad.

Mi duda es si un topografo puede realizar un informe pericial.

Muchas gracias.
17/10/2006 18:42
Hola Compañeros. teneis razón en las opiniones que dais.

Sabeis si sería suficiente el informe de un topógrafo o sería necesario un informe de un perito agrícola??? la LEC exige que los informes sean emitidos por el profesional adecuado.

Muchas gracias
perfil Rus
16/10/2006 11:55
Totalmente de acuerdo. El problema del SigPac es que refleja las parcelas catastrales, por lo que a la compañera le servirá para aportarlo como apoyo, pero para saber si el vecino se está metiendo en propiedad ajena es necesario acudir al registro y medir la finca.

Un gran invento el SigPac.
16/10/2006 10:32
Es esa Rus ,gracias

Sobre las ortofotos, a veces sirven muy bien para enseñar caminos o viales que se quieren hacer desaparecer, o que se niega su existencia.

Hace unos años colabore con un compañero en temas de una servidumbre de paso en que se negaba la existencia del camino, y ese compañero alquilo a una empresa experta en fotografia aerea, y OOOHHH en la foto se veian los restos del antiguo camino que se habia hecho desaparecer arandolo todo.
Eso, más otra foto antigua, desde suelo, que tenia el cliente fueron claves para dar la razon a nuestro cliente.
perfil Rus
13/10/2006 19:30
A lo que se refiere buf&ete supongo que será él SIG PAC. Es muy útil para cieras cosas, sobre todo para acompañar la ortofoto de la finca en cuestión, pero la superficie y los linderos son los que se recogen en el Registro de la Propiedad.
13/10/2006 19:15
Sin duda, haz caso de rus y no te compliques la vida, contrata un perito que haga un informe acerca de los lindes y que se pronuncie exactamente sobre la "invasión" o no del terreno, con eso lo tienes ganado.
13/10/2006 10:49
He perdido la dirección, si la encuentro te la pongo, pero habia una pagina del ministerio de agricultura creo, que tiene un programa tipo google earth que maraca todas las parcelaciones de España, mira si sale la finca en cuestion y si marca limites.
perfil Rus
11/10/2006 11:37
Habría que mirar la superficie de las fincas según el Registro y después llevar a un perito para que las mida, a ver si efectivamente se está ocupando, ¿no?.

Si ya habéis comprobado la ocupación, con fotos y testigos será suficiente.
Invasión propiedad.
11/10/2006 11:20
Hola compañeros:

Persona que tiene una finca rustica, su vecino se está apropiando de parte de ella, incluso ha colocado una valla.

Necesito probar dicha intromisión en la propiedad de esa persona ya que vamos a ir a Juicio y voy a tener que probar que realmente está poseyendo parte de la fina de mi cliente.

Qué creeis que es mejor, acta notarial o denuncia guardia civil?

En el caso del acta notarial, debe levantarse en el terreno en cuestión o puede tomarse declaración en cualquier lugar donde se encuentre el demandado?

Muchas gracias.