hola a todos!!
queria realizarles una consulta que consiste en que tengo en propiedad un solar debidamente vallado con muro de hormigon y con puerta de acesso, dicho solar linda con un parque municipal y justo al lado del muro existe un banco desde el cual los niños y no tan niños suben al muro y lo saltan accediendo al solar relizando un salto considerable para ello y poniendose en peligro por el accidente que pudieran tener. Debido a ello el alcalde decidio por su cuenta realizar obras y alargar el muro sin notificarmelo de forma alguna. Mi pregunta es puede el alcalde realizar obras sin mi consentimiento en una propiedad privada?? y en su caso ¿podria obligarme a realizarlas a mi?
No obstante, excepto si se ha considerado que era un asunto urgente de seguridad, te deberían haber instado previamente a ejecutar ese recrecimiento dándote un plazo para ello.
el tema es que la altura y características de los cierres tiene que limitarse a lo indicado en el planeamiento, y que no puede sobreelevarse porque allí se haya ubicado un banco
De ninguna manera el Alcalde está facultado para elevar la altura de su muro. En todo caso el Alcalde debería haber ejecutado un muro propiedad del Ayuntamiento colindante con el suyo.
Debe exigir por escrito, la reposición del muro a su estado original.
Incluso podría ser que la altura actual del muro, incumpla con las prescripciones de la normativa urbanística.
Callarse o no actuar le puede ocasionar problemas en el futuro.