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Invalidez Permanente Total

3 Comentarios
 
15/10/2011 11:58
Pero hablamos, yo al menos, de un seguro de accidentes, no de un seguro de vida o invalidez sin más.

En mi opinión viene regulado en la misma Ley 35/2006:

7. d. Las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida.

Igualmente estarán exentas las indemnizaciones por idéntico tipo de daños derivadas de contratos de seguro de accidentes, salvo aquellos cuyas primas hubieran podido reducir la base imponible o ser consideradas gasto deducible por aplicación de la regla 1 del apartado 2 del artículo 30 de esta Ley, hasta la cuantía que resulte de aplicar, para el daño sufrido, el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, incorporado como anexo en el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre.
15/10/2011 11:47
La indemnización NO está exenta y corresponde efectivamente el 19%.

Dale una lectura entre otras al art 25.3
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l35-2006.t3.html
15/10/2011 11:45
Las indemnizaciones por accidentes están exentas de tributar por IRPF, no deberían haber hecho ninguna retención, salvo en aquellos casos en los que el perceptor se haya reducido las cuotas del seguro de la base imponible, a ver si va a ser éste el caso.
Invalidez permanente total
15/10/2011 11:27
Hola, necesito ayuda.

Una persona sufre una invalidez permanente total, cobra 45.000 € por el seguro de accidentes previsto en el convenio colectivo. La información facilitada por el contribuyente es que la indemnización está exenta pero lo cierto es que la compañía de seguros practica una retención de 855,30 €, aplicándole un 19%, lo cuál da una deuda tributaria de 162,15€.

- ¿Es correcta la exención o no?
- ¿Es correcta la aplicación del 19%?