si puedes o no trabajar te informaran el las oficinas de la seguridad social, pero ten cuidado por que se de algunas personas que le retiraron la invalidadez, sin trabajar de su profesión y trabajando 4horas, informate muy bien antes de buscar trabajo, mucha suerte
saludos
Buenas tardes tengo una incapacidad permanente total para la profesión habitual ,mi intención es ponerme a trabajar mi pregúnta es ¿La pensión es compatible con el trabajo que pueda realizar ? ¿ Y donde puedo ir para informarme que tipo de trabajo puedo realizar?
Tengo 31 años , diplopia,perdida de campo visual y escotomas.
Seria de gran ayuda que me dieseis alguna informacion, gracias.
Tienes muchísima razón Luison por lo que comentas de lo mal que escribo en castellano, pero no solo es culpa de la política lingüística que tenemos en Catalunya que es bastante. Pero también decirte que las personas afectadas por fatiga crónica severa invalidan te como es mi caso, tenemos este problema cuando queremos hablar o escribir algo el propio cansancio no te deja concentrarte ni memorizar nada, yo tengo un porcentaje de severo a grave en la concentración y memoria para que te hagas una pequeña idea de cómo nos encontramos, en una ocasión me perdí en mi propio pueblo me quede en blanco totalmente y no pude regresar sola.
Bueno Luison decirte que yo también soy andaluza/catalana y me alegro mucho de que me hayas contestado
Gracias a todos por vuestra ayuda
saludos,
beltran por cierto, como se quedo tu relación laboral? desde cuando tienes esa Resolución del INSS declarando tu IPtotal?...te lo pregunto, pq si no han transcurrido mas de dos años desde la misma, y no habias sido despedida o finalizado contrato de trabajo, podrías incorporarte nuevamente a tu puesto de trabajo, al menos mientras interpones reclamación previa, seguirias cobrando un sueldo.
La Ley contempla un tiempo de espera de dos años por parte de la empresa, a aquellos trabajadores/as que le han dado una Incap. Permanente y antes de que transcurra dicho tiempo le deniegan la incap. pte. concedida. Saludos.
beltran esta claro que el INSS te ha aplicado lo expuesto en el art. 143 (Ley Gral. de la Seg. Social):si el pensionista por incapacidad permanente estuviera ejerciendo cualquier trabajo, por cuenta ajena o propia, el Instituto Nacional de la Seguridad Social podrá, de oficio o a instancia del propio interesado, promover la revisión, con independencia de que haya o no transcurrido el plazo señalado en la resolución.
Esta claro, que tendrás que presentar Reclamación Previa ante el INSS, y me resulta extraño tu caso, pq tras solicitud de compatibilidad con otro trabajo, que puedes realizar en otra o misma empresa, te encuentras con Resolución Denegatoria de la IPtotal, no es muy usual esto.
Por ultimo te diría, que si interpones rec. previa (30 dias) y luego demanda ante el juzgado de lo social, consulta con tu abogado, si ademas de alegar no estar de acuerdo con la denegacion de la IPtotal, puedes aprovechar para solicitar la Inv. Absoluta (aunque igual hay q ir paso a paso, primero ganar la denegación y luego solicitar la Absoluta).
Por la patología que expones, deberías tener una IPTotal como minimo, algo falla en tu proceso.
Salvo mejor opinión. Saludos.
Vives en Catalunya (Cataluña) por lo que veo.A pesar de que soy andaluz, trabajén en Catalunya (Cataluña) 11 años como abogado (tambien laboralista), y lo que más me sorprende es lo mal que escribes en Castellano, aunque no me sorprende con la política linguistica que se sigue allí. Creeme, no es una crítica contra ti como persona, sino contra el sistema.
Lo que te sucede no es lo normal, pero a veces sucede. La invalidez no es de por vida, sino que está sometida a revisión, por si hubiera mejoría y por tanto capacidad para trabajar. Ignoro los datos concretos, pero lo que tienes que hacer es recurrir la resolución mediante reclamación previa en vía administrativa en el plazo de 30 días y pasados otros 30 días si no te han respondido tienes otro mes para presentar la demanda en los Juzgados de lo Social, de lo contrario perderás la invalidez permanente total, y su retribución.
Por favor alguien me puede asesorar:
desde hace 8 meses tenia una I.P.T. por fatiga cronica severa invalidante , fibromialgia ,cervicalgia miositis i artragias, con un tratamiento de farmacos con importantes efectos segundarios de la enfermedad y los farmacos, todo documentado con informes medicos por el Dr. Alegre especialista en la unidad de fatiga cronica del vall de hebron. valoracion del psicologo con afectacion de memoria y concentracion severa, pruevas de esfuerzo que no pude ni realizar por el esfuerzo que supone esto para mi.analisis realizados fuera del pais por que aqui no se realizan para asegurar que era severa la fatiga.
Me proponen trabajar 3horas de monitora en el colegio del pueblo(esta no es mi profesion), me parecio que tenia que provar, para ver si podia hacer la media jornada que me comento la ss, lo comunico a la ss si es compatible, paso revision y mi sorpresa es que según ellos ya NO estoy afectada de la incapacidad permanente total. No entiendo nada el Intituto Catalan INS reconoce 1/01/07 que la fatiga cronica es invalidez absoluta.
tengo 30 dias para recurrir ,tengo 43a y el tiempo cotizado a la ss.
Me gustaria que me asesoreis primero.
gracias por todo
un Saludo,