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Invalidar poder general

7 Comentarios
 
13/04/2022 18:24
Mil gracias por los consejos. Ante el riesgo existente por tener el hijo el poder en sus manos, y del posible largo período que pudiera culminar con el cambio de capacidad y prestación de apoyos, seguramente se iniciará una demanda previa de nulidad del poder solicitando medidas cautelares para poder anotar en los RP y RC lo oportuno. En paralelo se iniciará la solicitud de apoyos y curatela. Muy agradecido
13/04/2022 17:46
Buenas tardes:

Coincido con la vía planteada por el forista Grisolía.

Un saludo.
13/04/2022 12:58
Si es usted un familiar próximo, ponga una denuncia en fiscalía para que se instruya un expediente judicial de modificación de capacidad, aportando lo que tenga, y solicitando se revoque el poder como primera medida, así como la designación de un tutor.
12/04/2022 18:57
AGFABOGADOS
Muchas gracias , sí ese podría ser el caso si efectivamente su estado mental hubiera sido de PLENA capacidad pero, independientemente del juicio del notario que obviamente no es concluyente, el asunto es que existían informes neurológicos previos donde se reflejaba el deterioro cognitivo del padre y es obvio que fue el hijo el que le indujo y llevó al notario aprovechando esa circunstancia. Entendéis que con una pericial de un neurólogo estaría bien fundamentada la demanda? Mil gracias de nuevo. Véase SAP BA 1544/2021 y STS_7499_2004-1
12/04/2022 18:27
Zerv
Buenas tardes:

"Así que el objetivo sería invalidar el poder emitido sin que el padre tuviera PLENAS facultades mentales.". Ahí es donde radica el problema. ya que quien en su momento no apreció falta de capacidad en el momento de la firma del poder fue el Notario en el que se realizó por disposición del artículo 156.8 del Reglamento Notarial.

Así que en principio en mi opinión una hipotética reclamación sobre esa base tendría poco recorrido.

Un saludo.
08/04/2022 20:10
Zerv
Muchas gracias. Ahora el padre no tiene ninguna protección judicial, no se ha iniciado acción alguna. El asunto es que en estos momentos el apoderado puede poner en riesgo económico al padre. Así que el objetivo sería invalidar el poder emitido sin que el padre tuviera PLENAS facultades mentales. Por qué vía sería más procedente y en qué fundamentarlo ?
08/04/2022 19:03
El hecho de que la propia tutela esté consolidada, por el hecho de que el tutor ejerza como tal, revoca por ministerio de la ley el poder de ruina a que se refiere. A partir de ese momento, el tutor no puede disponer del patrimonio del tutelado (como sí podía hacer antes) sin una orden judicial, otorgada tras oír al ministerio fiscal y con un informe clínico y económico encima de la mesa. Si no ha habido actos expresos de tutela, requieran al hijo belicoso a que se manifieste si está ejerciendo la misma.
Invalidar poder general
08/04/2022 14:21
Hace un años, uno de los hijos, de los seis que existen, logra que su padre (de 90 años, con deterioro cognitivo y con capacidad muy limitada para tomar decisiones según informes médicos, pero no inhabilitado legalmente) firme un poder general con facultades muy extensas a su favor sin el conocimiento del resto de sus hijos, incluso incluyéndole como tutor en caso de incapacidad sobrevenida ( Art. 1732 CC).
Ahora esta persona mayor ya se encuentra en mayor deterioro y con diagnóstico de enfermedad de Alzheimer. Con lo que so se inicia el procedimiento actual de protección se podría activar la tutoría/curatela del poder...
¿ Qué acciones se podrían iniciar para invalidar el mismo ? Qué recorrido veis en la demanda ?
Muchas gracias,