Buenos días.
Donde vivo, es una entidad local de unos 1200 habitantes. Aquí, para realizar celebraciones, siempre se ha solicitado al ayuntamiento un local por el que se pagaba un alquiler, donde hacias la solicitud en el ayuntamiento,te daban un papel de registro de la misma y la primera persona que estaba apuntada es a quien pertenecía dicho local en el caso de que hubiese más solicitudes para ese día. En las últimas elecciones municipales hubo un cambio de gobierno. La semana pasada fui para preguntar como debía pagarlo, ya que mi solicitud se hizo hace 2 años y me han dicho que esa solicitud no sirve, que antes no habia normas y ahora las van a sacar a partir de noviembre y que se hará por sorteo. Eso no me parece mal, lo que no me parece bien es que yo lo tengo solicitado para una celebración de una comunion que será en 6 meses, con anticipo al catering ya pagado (no reembolsable) y segun ellos en diciembre harian la rifa pq hay otra persona interesada. Creo que deberían haberlo avisado mucho antes y no ahora.
Pueden hacer esto??? Pueden eliminar los registros y listas que ya había y hacerlo todo a su antojo??
No entiendo nada, no entiendo porque si solo estaba yo, no me lo han dado, por que han informado o han hecho que se entere de esto la otra persona cuando ya tenía decidido hacerlo en otro lado y si me quedo sin el local, perderé el dinero y la posibilidad de hacerlo en el mismo pueblo sin tener que desplazarme. Siempre se hizo asi, toda la vida y nadie puso quejas nunca, ahora deciden cambiar todo unos meses antes sin pensar en nada. Es posible o pueden hacerlo??
Muchas gracias
Se trata de una solicitud de utilización de un bien de dominio público que no se resuelve con la presentación de la solicitud, sino mediante concesión administrativa previa resolución administrativa del cumplimiento de los requisitos para su concesión, que según se desprende de tu comentario, las anteriores corporaciones no tramitaban el correspondiente procedimiento por el que conceder o denegar la pretensión.
Como es una cuestión de opinión, la mía es que la nueva corporación hace bien en establecer unas normas y requisitos para evitar arbitrariedades, que sin duda podrá haberlas con el anterior manera de actuar, pero no por sorteo, ya que no me parece correcto.
Si a mi me parece bien que establezcan unas normas o requisitos, lo que no veo normal es que mientras sacan dichas normas y hacen ese sorteo que pretenden imponer, nos plantamos en el mes de enero. Apenas a 5 meses de una comunion, donde ya los caterings estan cogidos. Esto deberían haberlo hecho hace bastante más tiempo y no ahora.
Incluso hay anticipo de catering pagado, puesto que en principio se haria como siempre, respetando la lista de espera. En las comuniones pasadas lo hicieron asi y no hicieron sorteo alguno...
En fin, al final ganan ellos me temo
Diría que las actuaciones incorrectas son las de la corporación anterior que permite todo tipo de arbitrariedad.
Y es que, sin concesión expresa administrativa, el derecho a la utilización del local no existe, según se dispone en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Entonces, si el 1 de noviembre hay nuevas normas para la adjudicación del local, lo único que hay es acatarlas y lo anterior queda invalidado, te refieres a eso?
Ya han dicho que se hara así, sacaran en la página del ayuntamiento las nuevas normas y fecha para apuntarse y si hay mas de 1 solicitud harían sorteo a los 15 días.
Muchísimas gracias por tus respuestas, has sido muy amable