Soy estidiantye de Derecho, y tengo una práctica relativa al intrusimop profesional, concretamente, en la "oficialidad de los agentes de la propiedad inmobiliaria". Tengo un decreto ley 4/2000 que declara que ya no es necesario ese título, sin embargo lor tribunales parecen seguir creyéndolo. Sé que no es tema sencillo (cual lo es?), pero m,e vendría bien un poco de luz